Alcaldía de Cartagena pide declarar nula Resolución sobre el programa de uso eficiente de energía que prometía sanciones e incentivos
Según el alcalde, Dumek Turbay, el programa desconocía las necesidades de su gente por cuenta del clima.
Jorge Leonardo Alzate
08:41 p. m.
El alcalde de Cartagena, Dumek Turbay, presentó ante el Consejo de Estado una demanda de nulidad contra la Resolución 101 126 del 21 de agosto de 2026, de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), sobre el programa transitorio sobre el uso eficiente de energía eléctrica.
Y solicitó a la Sala del contencioso administrativo “ordenar a la CREG abstenerse de trasladar cobros adicionales por consumo excedente a los usuarios regulados del Distrito de Cartagena de Indias, reconociendo el principio de justicia tarifaria y la rigidez del consumo por factores térmicos bioclimáticos”.
Para hacer frente al fenómeno de El Niño, el programa prometía incentivos a los hogares que lograran reducir su consumo de energía promedio, calculado a partir de patrones históricos, y sanciones contra los hogares que, por el contrario, registraran un aumento.
Los argumentos de la Alcaldía de Cartagena ante el Consejo de Estado:
De acuerdo con la demanda, “el Distrito Turístico y Cultural de Cartagena de Indias presenta condiciones territoriales, climáticas y bioclimáticas particulares que inciden directamente en los patrones de consumo de energía eléctrica de sus habitantes, especialmente en aquellos asociados a las necesidades de refrigeración, ventilación y acondicionamiento térmico de viviendas, establecimientos comerciales, instituciones y demás edificaciones”.
Según la administración Turbay, el programa desconoce el principio de proporcionalidad, al ignorar las necesidades de los habitantes de “La Heroica” de utilizar sistemas de ventilación y aire acondicionado, al enfrentar temperaturas que suelen rondar los 32 °C.
E insisten en que “la posibilidad real de alcanzar una determinada meta de reducción no depende exclusivamente de decisiones voluntarias de ahorro, sino también de las condiciones ambientales y térmicas (…) No obstante, la Resolución CREG 101 126 de 2026 no contiene una consideración específica respecto de las condiciones climáticas, térmicas o bioclimáticas de Cartagena de Indias ni establece un tratamiento diferencial para los usuarios”, como sí lo hace con las poblaciones afectadas por el sismo del pasado 10 de agosto (2026).

