Así va el proyecto que busca prohibir el consumo de drogas en espacios públicos de Bogotá

Desde el Concejo de Bogotá informaron que el proyecto ya fue aprobado en un primer debate.


Noticias RCN

junio 06 de 2025
12:33 p. m.
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El consumo de drogas en espacios públicos sigue siendo un tema de debate y análisis. Sin embargo, va por buen camino un proyecto que se presentó en el Concejo de Bogotá que busca prohibir esta práctica en la ciudad.

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La concejala Diana Diago lo radicó y luego de su primer debate de la Comisión de Gobierno se aprobó. "Al no tener respuesta por parte de la administración, ha buscado distintas alternativas para luchar contra este flagelo, una de ellas, la radicación de su proyecto de acuerdo", dice un comunicado oficial.

¿Qué falta para que el proyecto sea una realidad?

Tras superar este primer debate en la Comisión de Gobierno, el proyecto pasará a plenaria en el Concejo, donde los cabildantes deberán debatir y votar para definir si este proyecto de acuerdo llega a manos del alcalde mayor de Bogotá.

Será entonces, Carlos Fernando Galán, quien tendrá la responsabilidad de decidir si hay sanción para que se prohíba el consumo de drogas en espacios públicos o si por el contrario presenta objeciones, lo cual puede hacerlo por razones de inconstitucionalidad o ilegalidad, o por inconveniencia.

¿En qué consiste el proyecto que prohíbe consumo en espacios públicos?

El proyecto dicta que “en las Zonas Libres de Drogas se prohíbe el consumo, distribución y comercialización de cannabis y otras sustancias psicoactivas [SPA], tales como marihuana, cocaína o sustancias derivadas de la cocaína, heroína o sustancias derivadas de la amapola, drogas sintéticas, cualquiera de las sustancias, naturales o sintéticas que figuran en la listas I y II de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes y su Protocolo de Modificación".

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Además, el proyecto busca establecer zonas libres de droga y quienes incumplan con los artículos en proyectos de acuerdo serán sancionados y se aplicarán las medidas correctivas establecidas en el parágrafo 1 del artículo 33 de la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Policía y Convivencia.

Al jíbaro hay que atacar con toda la fuerza de la ley, al consumidor hay que mirarlo diferente, desde la salud pública.
Diana Diago.

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