Comisión interinstitucional pide al presidente Petro respetar la separación de poderes: “Un deber ineludible”
La solicitud es realizada luego de que el mandatario arremetiera contra la decisión del Consejo de Estado que suspende el giro de aportes de las AFP a Colpensiones.
Noticias RCN
09:21 p. m.
La Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial hizo un llamado al presidente de la República, Gustavo Petro, a respetar la separación de poderes, luego de que arremetiera en X contra la decisión del Consejo de Estado de suspender el giro de aportes de las Administradoras de Fondos de Pensiones privadas a Colpensiones.
En el comunicado advierte que, en un Estado democrático, “el respeto por la separación de poderes constituye un deber ineludible de todas las autoridades públicas, especialmente de quienes ejercen las más altas dignidades del Estado”.
Y las declaraciones realizadas por el jefe de Estado “resultan incompatibles con la necesaria relación armónica que debe existir entre las ramas del poder público. Fue justo nuestro poder constituyente el que instituyó, como un elemento central de nuestra estructura institucional, en el artículo 113, el principio de separación de poderes”.
¿Qué ordenaba el decreto suspendido por el Consejo de Estado?
Aunque el alto tribunal aún debe tomar una decisión de fondo sobre el decreto, la suspensión deja en veremos el traslado exprés de 25 billones de pesos de las AFP a Colpensiones.
El Ministerio de Hacienda argumentaba que el giro era necesario para garantizar el pago de pensiones a quienes aprovecharon la ventana de oportunidad para pasar del régimen privado al público. Sin embargo, no todos se han pensionado y el traslado, según expertos, podría tener consecuencias irreversibles para el sistema pensional en el futuro.
¿Qué dijo el presidente Petro sobre la decisión del alto tribunal?
Tras conocer la decisión del Consejo de Estado, en redes sociales, el presidente Petro sugirió que el alto tribunal “acaba con el derecho a la pensión y eso no debe ser permitido por el pueblo trabajador”. En sus palabras, “un poder constituido como el Consejo de Estado no tiene ninguna legitimidad en anular los derechos de la gente que trabaja. Esa es una decisión inconstitucional y es un golpe de Estado contra el pueblo constituyente y soberano”.
En respuesta, la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial quiso recordarle al mandatario que “cuando la Constitución Política, en su artículo 238, consagró la facultad de suspender provisionalmente los efectos de los actos administrativos, incluidos aquellos expedidos por el poder ejecutivo, reconoció expresamente la necesidad de establecer controles efectivos al ejercicio del poder público”.

