Corte Suprema concede prisión domiciliaria a Bernardo Moreno, exsecretario de la Presidencia de Álvaro Uribe

Moreno Villegas fue condenado el 18 de octubre de 2023 a 67 meses de prisión e inhabilitación para ejercer funciones públicas por 82 meses y 7 días.


Noticias RCN

febrero 26 de 2025
03:32 p. m.
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La Corte Suprema de Justicia, a través de la Sala Especial de Primera Instancia, confirmó que revocó la decisión del Juzgado 2° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Calarcá, Quindío, y concedió la sustitución de la pena de prisión intramural por prisión domiciliaria a Bernardo Moreno Villegas, quien había sido condenado por tráfico de influencias de servidor público.

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Moreno Villegas fue condenado el 18 de octubre de 2023 a 67 meses de prisión e inhabilitación para ejercer funciones públicas por 82 meses y 7 días.

La sentencia fue confirmada en segunda instancia el 24 de julio de 2024, y el 16 de agosto de 2024 se ordenó su captura, la cual se materializó el 20 del mismo mes, cuando el condenado se presentó voluntariamente ante la Policía Departamental de Armenia.

El Juzgado 2° de Ejecución de Penas de Calarcá le negó la prisión domiciliaria en octubre de 2024, argumentando que el delito cometido y su impacto en la administración pública no permitían conceder dicho beneficio.

Sin embargo, la defensa interpuso un recurso de apelación, que finalmente fue resuelto por la Corte Suprema este 26 de febrero de 2025.

La Corte Suprema evaluó varios factores antes de conceder la prisión domiciliaria.

En primer lugar, consideró que Moreno Villegas tiene más de 65 años, lo que lo hace elegible para este beneficio según el artículo 362 de la Ley 600 de 2000.

Además, el tribunal destacó que el condenado no representa un riesgo para la sociedad, ya que su inhabilitación para ejercer cargos públicos reduce significativamente la posibilidad de reincidencia.

Asimismo, se tomó en cuenta su arraigo social y familiar, demostrando que tiene vínculos sólidos con su comunidad y que ha cumplido con las disposiciones judiciales previas, incluyendo su entrega voluntaria.

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Según el documento, para que la medida sea efectiva, Moreno Villegas deberá:

  • Presentar una caución prendaria equivalente a un salario mínimo legal mensual vigente.
  • No salir del país sin autorización judicial.
  • Cumplir con las condiciones establecidas por el Juzgado 2° de Ejecución de Penas de Calarcá.

En caso de incumplimiento, la Corte advirtió que la prisión domiciliaria será revocada y se procederá a la ejecución inmediata de la pena en un centro penitenciario.

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