Consejo de Estado confirma nulidad del nombramiento de Armando Benedetti como embajador ante la FAO

La alta corte determinó que el exembajador no cumplía con los requisitos legales exigidos para ocupar el cargo.


Foto: Archivo Noticias RCN

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octubre 10 de 2025
09:38 a. m.
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El Consejo de Estado ratificó la decisión del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que declaró nulo el nombramiento de Armando Alberto Benedetti Villaneda como embajador extraordinario y plenipotenciario de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), con sede en Roma, Italia.

Consejo de Estado ratifica nulidad en nombramiento de Armando Alberto Benedetti

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La alta corte determinó que el exembajador no cumplía con los requisitos legales exigidos para ocupar el cargo, entre ellos la acreditación de un título de posgrado y el dominio de un segundo idioma distinto del español, tal como lo establece la Resolución 1580 de 2015 del Ministerio de Relaciones Exteriores.

“Falla: confirmar la sentencia del 12 de junio de 2025, por medio de la cual el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección A declaró la nulidad del acto de nombramiento del señor Armando Alberto Benedetti Villaneda como embajador del despacho de los jefes de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares, adscrito a la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) con sede en Roma, República Italiana, conforme las consideraciones de la presente decisión”, se lee en el documento.

De acuerdo con la sentencia, el Ministerio no solicitó ni verificó la certificación de conocimiento en otro idioma oficial de Naciones Unidas o del país de destino, incumpliendo con lo estipulado en la normativa.

Además, no se encontró evidencia de que Benedetti hubiera obtenido algún título de posgrado, requisito indispensable para el cargo.

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El fallo también advirtió que el nombramiento desconoció el procedimiento de publicación y evaluación de observaciones ciudadanas sobre la hoja de vida del candidato.

En consecuencia, el alto tribunal confirmó la nulidad del decreto 0108 del 6 de febrero de 2024, mediante el cual se nombró a Benedetti, y exhortó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca a resolver integralmente los cargos en futuras demandas similares.

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