Medellín: Consejo de Estado condenó a Metroplús por la muerte de un peatón en una de sus obras

Los hechos ocurrieron en 2009 y, tras 15 años, la familia consiguió un fallo a favor. ¿Qué resolvió exactamente el Consejo de Estado?


Foto: Metroplús.

Noticias RCN

julio 10 de 2024
10:57 p. m.
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El Consejo de Estado, después de 15 años desde que se cayó un semáforo que había sido provisionalmente instalado en una obra de Metroplús, el sistema de transporte integrado de Medellín, y le causó la muerte al peatón José Iván Suárez Tabares, falló a favor de la familia.

Tras esta decisión, el Consejo de Estado encontró que Metroplús S.A y el consorcio Sociedades AIA Arquitectos e Ingenieros Asociados, tenían responsabilidad en lo sucedido y, por lo tanto, les correspondía reparar a los familiares.

¿Qué resolvió el Consejo de Estado sobre Metroplús, el sistema de transporte integrado de Medellín?

En primer lugar, el Consejo de Estado revocó la sentencia que el Tribunal Administrativo de Antioquia emitió el 29 de mayo de 2015 y en la que decidió que Metroplús y el consorcio Sociedades AIA Arquitectos e Ingenieros Asociados no tenían responsabilidad en el fallecimiento del peatón.

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Además, indicó que “se declara patrimonialmente culpable a Metroplús, a Sociedades AIA Arquitectos e Ingenieros Asociados y Estyma S.A., por los prejuicios causados a los demandados como consecuencia de la muerte de José Iván Suárez Tabares”.

El Consejo de Estado estipuló que Metroplús tiene que pagarles un total de 320 salarios legales mínimos a los familiares de la víctima. De ese saldo monetario, 200 salarios mínimos tienen que ser para los hijos, 50 para la hermana y 70 para las sobrinas.

“Si Metroplús realiza el pago total de los prejuicios reconocidos, las Sociedades AIA Arquitectos e Ingenieros Asociados S.A deberán restituir a la entidad contratante el pago total de la condena”, indicó el Consejo de Estado.

¿Cómo ocurrieron los hechos en los que el peatón perdió la vida en Medellín?

El tribunal supremo de la jurisdicción explicó que en el 2009 un bus de Metroplús tumbó unos cables que le llevaban energía a los semáforos y que, posteriormente, un vehículo se enredó con ellos, hizo caer uno de esos aparatos eléctricos y golpeó directamente a la víctima.

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“Se evidenció que el riesgo generado por la intervención de la vía efectivamente se realizó. Por esta razón, ese hecho no puede considerarse como una circunstancia externa ni exonerar la responsabilidad”, concluyó el Consejo de Estado.

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