Corte Constitucional cierra la puerta a renuncias para aspirar al Congreso
Permitir la renuncia para aspirar a otro cargo, advirtió el tribunal, desnaturaliza la función representativa y puede minar la confianza de los ciudadanos.
Noticias RCN
05:08 p. m.
La Corte Constitucional declaró inexequible el numeral 8 del artículo 280 de la Ley 5.ª de 1992, una disposición que permitía a funcionarios elegidos por voto popular renunciar a sus cargos para postularse como congresistas.
Con esta decisión, el alto tribunal modifica el panorama político colombiano, pues la inhabilidad se mantiene incluso si el funcionario abandona su cargo. La sentencia responde a una demanda presentada por Andrés Gustavo Pérez Medina y fue estudiada bajo la ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero.
Periodos institucionales, no personales
El artículo anulado establecía que no podían ser elegidos congresistas quienes ya ocuparan otro cargo de elección popular si sus periodos coincidían total o parcialmente. Sin embargo, incluía una excepción: la posibilidad de postularse si el funcionario renunciaba antes de la elección.
La Corte recordó que desde la reforma constitucional de 2003 los periodos de los cargos de elección popular son institucionales, no personales. Esto significa que el tiempo de un cargo no depende de la persona que lo ocupa ni se interrumpe con su renuncia. Por lo tanto, si los periodos coinciden, la inhabilidad persiste.
Transparencia y confianza ciudadana
La Sala Plena concluyó que el periodo debe entenderse como una unidad temporal objetiva e inalterable, determinada por la Constitución o la ley. Permitir la renuncia para aspirar a otro cargo, advirtió el tribunal, desnaturaliza la función representativa y puede minar la confianza de los ciudadanos, al anteponer intereses personales sobre el mandato legítimo de los votantes.
Con la declaración de inexequibilidad, la Corte cerró definitivamente la posibilidad de que funcionarios electos utilicen la renuncia como un mecanismo para evadir las reglas y multiplicar sus aspiraciones. El fallo busca consolidar mayor transparencia y compromiso en el ejercicio de los cargos públicos.


