Corte Suprema condena al congresista Modesto Aguilera por acto sexual violento

La Sala Especial de Primera Instancia determinó que el representante a la Cámara abusó sexualmente de una mujer en un hotel de Barranquilla en 2020.


Modesto Aguilera condenado
FOTO: @AguileraModesto

Noticias RCN

marzo 10 de 2026
04:05 p. m.
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La Corte Suprema de Justicia de Colombia condenó al representante a la Cámara Modesto Enrique Aguilera Vides por el delito de acto sexual violento, tras encontrarlo responsable de una agresión sexual ocurrida en la ciudad de Barranquilla en 2020.

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La sentencia, emitida por la Sala Especial de Primera Instancia, impuso una pena de 102 meses de prisión (8 años y 6 meses) y la inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas por el mismo periodo.

El fallo establece que el congresista, elegido por el departamento del Atlántico, realizó actos sexuales sin consentimiento contra una mujer. Según el expediente judicial, el encuentro ocurrió después de que la víctima fuera invitada a una supuesta reunión política en un hotel de Barranquilla, donde terminó quedando a solas con Aguilera.

De acuerdo con la reconstrucción de los hechos realizada por la Corte, el acusado se abalanzó sobre la mujer, la sujetó por los hombros, le dio besos en el cuello y realizó tocamientos en los senos sin su consentimiento. Posteriormente se masturbó frente a ella, pese a la oposición expresada por la víctima.

Pena, captura y reparación a la víctima

En la parte resolutiva, la Corte Suprema determinó que la pena debía fijarse en 102 meses de prisión, dentro del rango legal establecido para el delito de acto sexual violento, que oscila entre 8 y 16 años de cárcel. La Sala también negó al condenado cualquier beneficio como la suspensión condicional de la pena o la prisión domiciliaria.

El fallo ordena que, una vez la sentencia quede en firme, se expida orden de captura para que Aguilera cumpla la condena en prisión. Asimismo, el congresista deberá pagar 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes de 2020 por perjuicios morales a favor de la víctima, además de costos judiciales derivados del proceso.

La decisión judicial aún puede ser apelada ante la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema, de acuerdo con lo previsto en la legislación procesal vigente.

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