Corte Suprema condena al congresista Wilmer Carrillo por irregularidades en contrato
La Corte Suprema impuso más de 8 años de prisión al exsecretario de Infraestructura de Norte de Santander por irregularidades en un contrato de obra pública.
Noticias RCN
07:23 p. m.
La Corte Suprema de Justicia condenó a Wilmer Ramiro Carrillo Mendoza, actual representante a la Cámara y exsecretario de Infraestructura de Norte de Santander, por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales. La decisión fue adoptada por la Sala Especial de Primera Instancia el 4 de mayo de 2026.
El fallo establece una pena de 99 meses más un día de prisión, además de una multa equivalente a 129 salarios mínimos legales mensuales vigentes para la época de los hechos. Asimismo, se le impuso una inhabilitación para ejercer funciones públicas por 104 meses y 19 días. La Corte también negó la suspensión condicional de la pena y la posibilidad de prisión domiciliaria.
¿Por qué fue condenado Wilmer Carrillo?
La condena está relacionada con el Convenio de Asociación 00177 del 24 de junio de 2011, cuyo valor ascendió a $1.465.416.134. Este contrato tenía como objetivo ejecutar obras para la reconstrucción del acceso y protección del puente de Puerto León, ubicado sobre el río Zulia, en una vía clave que conecta con la ciudad de Cúcuta.
De acuerdo con la Corte, el proceso contractual presentó múltiples irregularidades. Entre ellas, se evidenció que los estudios y diseños técnicos fueron elaborados por la misma firma que posteriormente resultó contratista, lo que vulnera los principios de transparencia y selección objetiva. Además, la obra fue contratada mediante un convenio de asociación, modalidad que no está permitida para este tipo de proyectos según la Ley 80 de 1993.
El tribunal también cuestionó que la firma contratista no contaba con la capacidad técnica requerida para ejecutar la obra. Estas inconsistencias llevaron a concluir que el proceso se adelantó sin cumplir los requisitos legales exigidos en la contratación pública.
¿Qué dijo la Corte Suprema sobre su responsabilidad?
En su pronunciamiento, la Sala fue enfática al señalar que Carrillo Mendoza tenía pleno conocimiento de las irregularidades. Según el fallo, el exfuncionario “estuvo siempre en capacidad de comprender la ilicitud del proceso contractual”, pero aun así decidió continuar con su ejecución.
La Corte consideró que su conducta no fue accidental ni producto de un error, sino una actuación consciente frente a un proceso que presentaba múltiples fallas. Incluso, calificó su defensa como un intento de eludir responsabilidad, al señalar que la supuesta ajenidad frente a los hechos era un “ardid”.
Pese a la condena, Carrillo Mendoza fue absuelto del delito de peculado por apropiación agravado en concurso.
