Minjusticia propone despenalizar la inasistencia alimentaria que dejaría en libertad a padres irresponsables

De aprobarse, 700 padres de familia que se encuentran en la cárcel por no cumplir con su obligación quedarían en libertad.


Noticias RCN

noviembre 29 de 2022
02:35 p. m.
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El ministro de Justicia, Néstor Ozuna anunció que está trabajando en una iniciativa legislativa que propone eliminar varios delitos del Código Penal para descongestionar las cárceles del país, uno de ellos sería la inasistencia alimentaria.

Actualmente hay 700 padres de familia privados de su libertad por no cumplir con la obligación alimentaria con sus hijos. Según el ministro quedarían en libertad debido a que estando en la cárcel no pueden trabajar para pagar su deuda.

“Por la consideración de que el encarcelamiento del padre que incumple con la obligación alimentaria no es equivalente con el propósito que se quiere con la medida, es decir, no logra que cumpla con la obligación de pagar el alimento al hijo o a la hija”, afirmó en jefe de la Cartera.

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Al respecto, también confirmó que radicó en el Congreso un proyecto que busca darle beneficios a los empresarios que contraten mano de obra de las cárceles.

"Se trata de incentivos, primero que van a tener reducción de IVA de todo lo que se produzca en las cárceles, esto va a permitir que las empresas vayan y busquen la fuerza improductiva de las cárceles”, sostuvo el ministro.

Paradójicamente este anuncio se da un día después de que el Congreso de la República le diera el primer visto bueno a la creación del ministerio de la Igualdad y la Equidad que encabezará la vicepresidenta Francia Márquez y que tiene como objetivo velar por los derechos de las mujeres y las minorías en materia económica, política y social.

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De acuerdo con la ley vigente, en el artículo 233 del Código Penal se especifica que si la denuncia por inasistencia alimentaria está en curso y persiste el incumplimiento, puede dar lugar a una pena de cárcel entre 16 y 54 meses de prisión, así como una multa de entre 13,33 y 30 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

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