Colombianoviembre 29, 2022hace 4 meses

La millonaria suma que deberá pagar un hombre que no afilió empleada doméstica a seguridad social

El caso llevaba 8 años en proceso y la Corte Constitucional decidió fallar a favor de familia de la mujer por no haber sido afiliada a una seguridad social.

Seguridad Social Foto: Freepik

Recientemente se conoció el caso de una mujer, quien falleció hace 8 años, y que habría trabajado como empleada domestica de un hombre que la contrató, pero ahora deberá indemnizar a su familia por no haberla afiliado a una seguridad social.

¿Por qué la Corte constitucional falló a favor de la familia?

La seguridad social protege al trabajador ante cualquier problema inesperado que le suceda durante su jornada laboral, y cubre eventualidades como: alteración a la salud, incapacidad laboral, desempleo, vejez y muerte. La mujer falleció en el 2014 y trabajó tan solo un año.

Después de un proceso judicial, la Corte Suprema de Justicia condenó al empleador y la familia de la mujer recibirá una indemnización de $39.765.738 y a los hijos con $19.882.869 millones, por los retroactivos pensionales.

Inicialmente, la demanda puesta por la familia iba dirigida a Colpensiones; la decisión de la Corte Constitucional fue de absolver a la entidad, dejando como único responsable al empleador por no cumplir sus obligaciones y señaló que: “no afilió a la señora al sistema de seguridad social, ni acreditó que hubiese convalidado los tiempos de servicio dejados de cotizar ante Colpensiones”.

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“En atención al precedente jurisprudencial, lo establecido en la ley y aprobado en el proceso, al no existir afiliación ni convalidación de cotizaciones con anterioridad a la ocurrencia de la muerte de la trabajadora, el responsable directo en el pago de la pensión es el empleador y el fondo de pensiones no tiene responsabilidad alguna por el caso”, se mencionó sobre un documento emitido por la Corte.

¿Cuánto le costaría a un empleador afiliar a sus trabajadores a una seguridad social?

El monto que le corresponderá depende de los ingresos que reciba el trabajador, por tanto, se debe tener en cuenta el cargo y la profesión que desempeñe. Para el 2022 el porcentaje establecido por la ley es del 16% para pensión y 12.5% para salud. Cabe resaltar que lo anterior varía según la ocupación de la persona.

El Ministerio de Trabajo estipula que los trabajadores domésticos en los hogares tienen los siguientes derechos:

  • Afiliación al sistema integral de seguridad social
  • Prestaciones sociales: auxilio de cesantías, intereses de cesantías, vacaciones, auxilio de transporte, calzado y vestido de labor
  • Una remuneración no menor al salario mínimo legal vigente que puede ser proporcional al tiempo laborado. Además de las horas extras cuando se causen
  • Jornada de trabajo no superior a 8 horas, si es un trabajo interno ésta no supera las 10 horas.

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