El aborto sí es un derecho fundamental en Colombia, así lo determinó la Corte Constitucional

La Corte Constitucional anuló dos sentencias que concluían que la interrupción voluntaria del embarazo en Colombia no era un derecho fundamental.


Corte Constitucional tumbó sentencias en las que el aborto no era un derecho fundamental
Corte Constitucional tumbó sentencias en las que el aborto no era un derecho fundamental / Foto: Freepik.

Noticias RCN

octubre 11 de 2023
06:34 p. m.
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Después de una polémica que se generó en la propia Corte Constitucional cuando en el mes de junio consideró que el aborto no era un derecho fundamental como respuesta a una tutela interpuesta por una mujer indígena a la que se le negó la interrupción voluntaria del embarazo, finalmente se aclaró que sí corresponde a un derecho.

Sobre esta consideración, la Sala Plena del alto Tribunal decidió resolver la anulación de dos sentencias: T-430/22 y T-158/23 que establecían que no existe el derecho constitucional al aborto y les concedía a las autoridades indígenas la facultad de aprobar o negar el procedimiento.

En horas de la tarde de este 11 de octubre, la Corte Constitucional aclaró que con la anulación de estas dos sentencias el aborto en Colombia hasta la semana 24 sí es un derecho fundamental.

En contexto: Fallo de la Corte Constitucional considera que el aborto no es un derecho fundamental

Las sentencias del aborto que fueron anuladas

A través de un comunicado, la Corte señaló que en esta decisión de considerar el aborto como un derecho fundamental salvaron sus votos los magistrados Antonio José Lizarazo, Jorge Enrique Ibáñez, Cristina Pardo y Paola Andrea Meneses.

Sin embargo, en una nueva ponencia se estudiará si el aborto es tema de salud pública o un derecho. 

En cuanto a las sentancias anuladas, se trata de la T-158 que establecía que no se puede derivar la existencia de un “derecho fundamental al aborto” o que “su práctica constituya una obligación a cargo del sistema de seguridad social en salud”.

Mientras que la T-430 señalaba que “no es posible deducir de la sentencia C-055 de 2022 un supuesto derecho fundamental a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, ni su legalización, ni la obligación del sistema de seguridad social en salud de practicarla, pero tampoco que se encuentre prohibida ni que, en determinadas circunstancias, no existan razones constitucionales para su práctica”.

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La tutela que cuestionó el derecho al aborto

Se trata de una tutela interpuesta por una mujer indígena a la que se le negó practicarse el aborto dentro de los tiempos establecidos. Esto se debió a la tensión que siempre ha existido entre la autonomía legislativa de las comunidades indígenas y la justicia colombiana.

Este caso ponía en tela de juicio los derehos de una mujer sobre su libertad reproductiva y los de un pueblo y su autonomía legislativa ante el derecho a la vida del no nacido.

En el mes de junio la Corte Constitucional inició la revisión de un caso en el que se le negó la práctica de la Interrupción Voluntaria del Embarazo a una joven de 23 años, de una comunidad indígena. De acuerdo con la decisión de los magistrados en ese momento, la mujer debía solicitar permiso de las autoridades indígenas para realizarse un aborto. 

Cuatro meses después, la misma Corte anuló dos sentencias que permitían a las comunidades indígenas decidir sobre la práctica de la IVE. En el fallo de este 11 de octubre se determinó que el aborto sí es un derecho fundamental en Colombia.

Vea también: Un año de la sentencia de la Corte que aprobó el aborto libre hasta la semana 24: ¿qué ha pasado?

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