Exgobernador de La Guajira condenado a 72 meses de cárcel por irregularidades en contratación

La Corte anunció que absolvía al también exgobernador del departamento, Hernando Deluque, señalado por el mismo crimen.


Exgobernador de La Guajira condenado a 72 meses de cárcel por irregularidades en contratación
Foto: Corte Suprema de Justicia

Noticias RCN

noviembre 15 de 2023
05:10 p. m.
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Este 15 de noviembre la Sala Especial de primera instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a 72 meses y un día de cárcel al exgobernador de La Guajira, Álvaro Cuello Blanchar, señalado de haber cometido el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.

Además, la Corte dio a conocer que se absolvía al también exgobernador del departamento, Hernando Deluque, señalado por el mismo crimen.

Exgobernador Álvaro Cuello a la cárcel por irregularidades en contratación

La Corte encontró a Cuello como responsable de irregularidades tanto en el trámite como en la celebración del denominado ‘Convenio de Cooperación', que se ejecutó entre la Gobernación y la Constructora Limos, para construir 150 viviendas de interés social en Riohacha.

“El entonces mandatario, en calidad de oferente del proyecto, transgredió los principios de planeación, transparencia y selección objetiva al desatender su deber de garantizar, previo a la suscripción del contrato estatal, la selección, evaluación y aprobación económica, administrativa, financiera, jurídica y técnica del proyecto y del constructor”, se lee en un documento del alto tribunal.

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La Sala determinó, entre otras irregularidades, que el exgobernador Álvaro Cuello “ofertó y consintió” la ejecución de un proyecto de vivienda de interés social que no contaba con redes de alcantarillado, hecho que desencadenó una “problemática social e hidrosanitaria de gran impacto”.

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¿Por qué fue absuelto el exgobernador de La Guajira, Hernando Deluque?

En dicha providencia fue absuelto el también exgobernador de La Guajira, Hernando Deluque Feyle, quien fue enjuiciado por peculado por apropiación en favor de terceros al autorizar desembolso de pagos a la Constructora Limos entre febrero de 2001 y mayo de 2002, a pesar de que el proyecto de vivienda cargaba a cuestas “graves inconvenientes” que “trastornaban” su correcta terminación y a la vez entrega.

“Se demostró que Deluque Freyle actuó en cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato estatal suscrito por su antecesor, el cual le imponía el deber de cancelar los peculios cuestionados, previa verificación del cumplimiento de ciertos requisitos, los cuales fueron verificados y acreditados por la interventoría del proyecto”, apuntó la Sala especial de primera instancia de la Corte Suprema.

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