Expertos coinciden en que Gloria Arizabaleta no puede suspender al presidente por sí sola

La congresista, elegida por el Pacto Histórico, presentó una solicitud para mantener al presidente alejado se su cargo hasta el cierre de urnas el próximo 21 de junio.


Noticias RCN

junio 10 de 2026
08:55 p. m.
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La representante y presidenta de la Comisión de Acusación de la Cámara, Gloria Arizabaleta, causó revuelo el miércoles (10/06/26) al radicar un auto en el que solicitaba la suspensión temporal del presidente Gustavo Petro, hasta que cierren las urnas de las elecciones de segunda vuelta, el próximo domingo 21 de junio, a las 4:00 de la tarde, por la presunta "falta gravísima de intervención en política".

Además, sobre las 2:00 p. m. del miércoles, la congresista elegida por el Pacto Histórico modificó su solicitud con un segundo documento en el que pedía “comunicar lo resuelto al presidente del Senado de la República para que (…) decrete y ejecute la decisión acá adoptada”.

Sin embargo, expertos consultados por Noticias RCN coinciden en que Arizabaleta no tiene la facultad de suspender al mandatario que viajó a Nueva York para asumir la presidencia temporal del Consejo de Seguridad de la ONU.

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¿Qué se necesita para suspender al presidente y por qué no puede hacerlo la excongresista del Pacto?

El expresidente de la Corte Suprema de Justicia, Jaime Arrubla, explicó en diálogo con este noticiero que no puede estar “de acuerdo” con lo planteado por la congresista. “Jurídicamente eso es inconcebible. El diseño que está previsto en la Constitución para los aforados empieza con la Comisión de Acusación”, pero debe surtir un trámite extenso en el Congreso.

De acuerdo con el abogado Iván Cancino, la suspensión solo podría ordenarla el “Senado de la República después de un trámite absolutamente largo”. Y el abogado constitucionalista, Douglas Lorduy, agregó que “es completamente improcedente tratar de invocar otras normas de menor nivel, como las previstas en el Código General Disciplinario”.

En palabras del decano de Derecho de la Universidad Libre, Kenneth Burbano, “en este caso no se está ante un ejercicio de deliberación política del congresista. Se está en el ejercicio de una función jurisdiccional que tiene el Congreso de la República”.

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¿Qué dijo el presidente?

Desde los Estados Unidos, Petro recordó que "sobre el presidente no suspenden los derechos fundamentales de la Constitución, que es defenderme y defender mi buen nombre”. Tanto su abogado, como la congresista, se pronunciarán, nuevamente, sobre la medida, en el transcurso del jueves 11 de junio.

La misma Comisión de Acusación lleva procesos contra el presidente por presunta participación en política, y la última investigación disciplinaria en su contra fue abierta por una serie de trinos que realizó entre el seis y el nueve de junio, que estarían relacionados con la contienda electoral. Sin embargo, siguen bajo análisis y evaluación.

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