Expulsan a alias Mayimbú de la JEP

La Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP tomó la decisión luego de que el disidente de las Farc incumpliera el régimen de condicionalidad.


Noticias RCN

diciembre 19 de 2019
12:21 p. m.
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La Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad de la JEP decidió excluir de esta jurisdicción a Léyder Johany Noscué Bototo, conocido como Mayibú, por incumplir gravemente el régimen de condicionalidad, gracias al cual gozaba de beneficios y garantías judiciales.

La Sala de Reconocimiento adoptó la decisión, mediante el Auto No. 264 del 18 de diciembre, cuya lectura se hizo este jueves en una audiencia pública. 

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En el auto se dice que, a partir de las pruebas decretadas y practicadas se tuvo conocimiento de diferentes hechos que dan cuenta del incumplimiento de Noscué Bototo a la garantía de no repetición al haber retomado las armas, reincidido en grupos armados organizados al margen de la ley.

El pasado 12 de septiembre la JEP le abrió a este exmiembro de las Farc-EP un incidente de verificación de cumplimiento del régimen de condicionalidad teniendo en cuenta que el Ministerio de Defensa envió una información que indicaba su presunta participación en diferentes actos delictivos y de rearme.

Luego del trámite del incidente, se reconoció su falta de compromiso de abandonar las armas y renunciar al conflicto armado tras la firma del Acuerdo de Paz. 

Según las Autoridades Tradicionales Indígenas, basadas en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, alias “Mayimbú” estaría reincidiendo en actividades delictivas al comandar grupos armados de disidencias de las Farc, específicamente las columnas Dagoberto Ramos y Jaime Martínez, así como al ordenar amenazas, asesinatos y ataques contra miembros de la Guardia Indígena, Autoridades Tradicionales Indígenas y comuneros, y al entrar en combate con otros grupos armados dentro de los territorios ancestrales.

Noscué Bototo había suscrito un Acta de Compromiso ante la JEP el 14 de marzo de 2017; en esa fecha, un juez ordinario le concedió la libertad condicionada y posteriormente la libertad condicional. 

La exclusión de la JEP implica la pérdida de todos los beneficios y garantías del Acuerdo de Paz, incluidas la suspensión y cancelación de órdenes de captura, las amnistías, los indultos y las libertades. 

Por lo anterior, la JEP anunció en un comunicado que “se reactivan las órdenes de captura en contra de Noscué y este pierde todos los beneficios jurídicos que había recibido”. 

Hasta la fecha, la JEP ha excluido, además de Noscué, a José Manuel Sabogal, Henry Castellanos, Hernán Darío Velásquez, Iván Márquez y Seuxis Paucias Hernández.

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