Futbolista ciego denuncia que la Registraduría lo designó como jurado de votación

Un insólito caso ha dado de qué hablar en redes sociales tras la designación de personas con discapacidad visual como jurados en las próximas elecciones.


Juan David Pérez jugador de la Selección Colombia para ciegos
FOTO: Juan David Pérez - Facebook

Noticias RCN

febrero 19 de 2026
12:18 p. m.
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Una denuncia pública generó controversia en redes sociales, luego de que personas con discapacidad visual en Bucaramanga denunciaran que fueron designados por la Registraduría Nacional del Estado Civil como jurados de votación de cara a las próximas elecciones legislativas.

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El hecho lo dio a conocer el futbolista de la Selección Colombia de fútbol 5 para ciegos, Juan David Pérez, quien ha representado al país en eventos internacionales como los Juegos Paralímpicos de París 2024, donde obtuvo diploma olímpico.

A través de sus redes sociales, el deportista dio a conocer este hecho, donde uno de sus amigos, otra persona ciega, fue designado para esta labor, dando a conocer además que no aceptaron sus certificados de discapacidad.

La denuncia de Juan David Pérez sobre la Registraduría

Con un tinte de humor, Pérez junto a su amigo Walter expresaron la situación particular que están pasando. "Ya hemos hecho toda la documentación y acercamos el certificado de discapacidad y lo que nos contesta la Registraduría es que no, que tenemos que buscar uno más actualizado".

Ante esto, señaló que este certificado no se actualiza a menos de que cambie la discapacidad, pero al ser ciegos totales, no es el caso. "Qué problemática la que ahora tenemos para que la Registraduría acepte que realmente somos ciegos y que no podemos ser jurados de votación".

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La Registraduría designa a los jurados de votación y esto es de estricto cumplimiento. Sin embargo, existen causales de exoneración que permiten ausentarse justificadamente.

  • Incapacidad física o mental comprobada.
  • 2. Grave calamidad doméstica.
  • Ser mayor de 60 años.
  • Ser menor de 18 años.
  • Ser miembro activo de la Fuerza Pública.
  • Desempeñar funciones incompatibles el día de la elección.
  • Encontrarse fuera del país el día de la elección.

La solicitud de exoneración debe presentarse ante la delegación de la Registraduría Nacional del Estado Civil correspondiente, dentro del plazo establecido tras la notificación oficial.

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