Economíanoviembre 28, 2022hace un año

Cómo calcular los intereses de sus cesantías y lo que debe hacer para retirarlas

Además del pago de la prestación neta, el empleado recibe un porcentaje de intereses sobre el valor consignado al fondo de cesantías.

Paso a paso para calcular cesantías e interesesPaso a paso para calcular cesantías e intereses / Foto: Pixabay.

En las últimas semanas del año comienzan a entregarse a los trabajadores colombianos las respectivas prestaciones de ley adicionales al sueldo ordinario. Además del dinero que recibe en Navidad, a cada trabajador se le calcula el pago de cesantías que va desde el 1 de enero al 31 de diciembre. Se trata de una prestación que se consigna en el fondo de ahorro en el que el empleado esté afiliado, antes del 15 de febrero del año siguiente.

Esta prestación puede ser utilizada por el trabajador en caso de perder su empleo y también para acceder a oportunidades de estudio o de vivienda. 

A este beneficio tienen derecho tanto trabajadores dependientes o independientes, estos últimos no están obligados a afiliarse a un fondo de cesantías, pero sí pueden hacerlo de manera voluntaria.

Cada trabajador tiene derecho a recibir cesantías anuales por un monto equivalente a un mes de sueldo.

Vea también: ¿Cuánta plata le deben pagar por sus cesantías de 2022?

¿Cuánta plata se recibe de cesantías si no se trabajó el año completo?

Para calcular el pago de cesantías si el empleado no trabajó desde el 1 de enero y el 31, sino menos tiempo, se deben multiplicar los días trabajados por el monto del salario que recibe y ese resultado dividirlo por 360 días.

Es decir que una persona que gane un salario de 1.000.000 de pesos x 92 (días que trabajó) /  360 días del año recibirá de cesantías 255.555 pesos.

Adicionalmente al cálculo del valor neto del salario que le corresponde por el pago de esta prestación, el empleado acumula unos intereses sobre ese valor. En NoticiasRCN.com le contamos de qué se trata.

Lea, además: Calcule cuánta plata le deben pagar de liquidación al terminar un contrato laboral

¿Cómo se calculan los intereses de las cesantías?

Además del valor de las cesantías, los trabajadores acumulan intereses sobre el valor ahorrado. Estos corresponden al 12% anual o proporcional o fracción del año en el que se realizó el ahorro. Los intereses de las cesantías son diferentes a los rendimientos financieros que reportan los fondos administradores.

Teniendo en cuenta que los intereses de las cesantías son el 12% del pago proporcional a los días trabajados, se pueden calcular de la siguiente manera:

El monto de las cesantías por 12% de los intereses, por los días trabajados en el año y divididos en 360 días del año.

Tomando el ejemplo del salario mínimo:

  1. (Si trabajó los 360 días) $1.000.000 x 12% = $120.000 de intereses
  2. (Si trabajó el año fraccionado)  $255.555 del pago de cesantías x 92 días trabajados del ejemplo anterior / 360 días del año = $7.837 de intereses

Puede leer: Conozca cuánto le deben pagar por trabajar horas extras, nocturnas, dominicales y festivos

¿Cómo se pueden retirar las cesantías?

Las cesantías solo se pueden retirar cuando se termina un contrato de trabajo, pero la normativa laboral permite el retiro total o  parcial de esta prestación para comprar una vivienda, hacer remodelaciones o para estudiar. También aplica el retiro al terminar una relación laboral.

Retiro de cesantías si está trabajando en la empresa:

  • Solicitar autorización de retiro de cesantías argumentando las causales de retiro: vivienda o estudio.
  • Una vez con la solicitud de autorización de retiro anexar fotocopia de la cédula y acudir a uno de los puntos de servicio del fondo de cesantías al cual está afiliado el trabajador para hacer el trámite.

Retiro de cesantías si ya no trabaja en la empresa:

  • La empresa debe entregar una carta en la cual autoriza el retiro de cesantías por concepto de terminación de contrato.
  • Con la carta de retiro de cesantías y fotocopia de la cédula acudir a uno de los puntos de servicio del fondo de cesantías al cual está afiliado el trabajador para hacer el trámite.
por:Autor Noticias RCN

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