JEP revocó libertad y sometimiento del exsenador Álvaro Ashton

El exsenador había sido admitido por el tribunal especial en 2019, no obstante ahora, su caso, deberá volver a manos de la justicia ordinaria.


JEP revoca admisión de Álvaro Ashton
Foto: Noticias RCN

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octubre 26 de 2021
09:12 p. m.
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A través de un comunicado, la Sala de Definición de situaciones Jurídicas de las Jurisdicción Especial para la paz, JEP, informó su decisión de revocar, de manera anticipada, el sometimiento a dicho modelo de justicia al excongresista Álvaro Ashton Giraldo, señalando que los aportes que ha hecho a dicho tribunal el señalado político son “insuficientes, vagos y sin fundamento”.

Con esta decisión, la JEP también da por terminado o retirado el beneficio de libertad condicionada con que había sido cobijado el exsenador.

De acuerdo con lo afirmado por la entidad, las versiones entregadas por el político a los magistrados del tribunal no fueron lo suficientemente completas, ni tampoco soportaron la aceptación de los cargos que ya se le habían demostrado en el proceso ordinario que había hecho trámite en su contra previo al sometimiento al tribunal especial.

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La Jep recordó que ese es un ‘umbral’ exigido en dicho modelo de Justicia.

En el texto publicado por la institución se argumenta que Ashton “no suministró información clara, exhaustiva y detallada”, añadiendo que el aporte a la verdad hecho por el político no aporta al esclarecimiento de las dinámicas delictivas de las que es señalado en el norte del país.

En su comunicado, la JEP argumenta que lo dicho por Ashton no permite el esclarecimiento de lo ocurrido con la captación de tierras en la región norte del país por parte de las Autodefensas Unidas de Colombia, y cómo el referido investigado se veía vinculado a ello.

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La JEP afirmó que los aportes de Ashton no suman a la construcción de una “verdad colectiva”, significando que ahora, al ser rechazado el sometimiento al tribunal especial, el caso Ashton deba volver a la justicia ordinaria, donde deberá ser retomado por la Corte Suprema de Justicia, la Fiscalía y la Procuraduría.

La JEP recordó que el caso de Ashton había sido aceptado en el tribunal el pasado 16 de julio de 2019, a través de la resolución 3602, y que dicho tribunal a su vez había cobijado al señalado con el beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada.

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En su comunicado, la JEP advierte que Ashton tuvo varias oportunidades para aclarar y subsanar la información suministrada, en aras de que hubiese cumplido con el umbral antes referido.

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