Estas son las 19 zonas en donde se extendería el horario de rumba hasta las 5:00 a.m. en Bogotá
El decreto con la extensión del horario está listo, aunque aún está bajo análisis.
Noticias RCN
05:50 p. m.
La Alcaldía de Bogotá tiene listo el decreto con el que el horario de la rumba podría extenderse en determinados puntos.
El tema del horario ha generado choque entre el Distrito y los establecimientos nocturnos. A través del decreto 293, la alcaldía dio a conocer en julio cómo iba a ser.
Horarios de rumba en Bogotá: ¿Qué dice la norma?
Para aquel momento, precisó que el expendio y consumo de alcohol en tiendas de barrio, comercios, supermercados y licoreras era habilitado entre las 10:00 a.m. y 11:59 p.m.
La normativa dispuso que los bares y discotecas podían operar desde las 10:00 a.m. hasta las 3:00 a.m. del día siguiente. Aunque, se informó que en un lapso de 90 días iban a delimitarse zonas para que pudieran operar hasta las 5:00 a.m., siguiendo una serie de criterios.
El decreto también prohibió el consumo de alcohol en un radio de 200 metros alrededor de colegios, las ventas a domicilio permitidas y el control al ruido. El Distrito tomó estas decisiones por el lapso de las 12:00 a.m. y 6:00 a.m., en el que ha habido gran cantidad de hechos violentos relacionados.
Asobares cuestionó que, pasados los 90 días hábiles desde que entró en vigor (1 de julio), no se habían definido las zonas focalizadas.
Finalmente, se conoció el decreto con las 19 zonas en donde el horario se extendería. La medida aún está siendo analizada, pero podría concretarse en poco tiempo.
Las zonas en donde la rumba se extendería
Usaquén:
1. Calle 172A.
Chapinero:
2. Chapinero Central.
3. Zona Rosa.
Bosa:
4. Bosa Centro.
Kennedy:
5. Cuadra Alegre.
Fontibón:
6. Centro Fontibón.
7. El Salitre.
8. Modelia.
Engativá:
9. Álamos.
10. Las Ferias Zona 2.
11. Las Ferias Zona 1.
12. Boyacá – Santa Marta.
Suba:
13. Lombardía.
14. Los Pórticos.
15. Subazar.
Los Mártires:
16. La Favorita.
17. San Andresito.
Puente Aranda:
18. Calle 8 Sur.
19. Galán.

