Si hay agresiones verbales la policía no debe actuar: este es el nuevo instructivo de orden público

Noticias RCN conoció en primicia el nuevo instructivo que aplicará en casos de alteración del orden público en el país y las modificaciones al Esmad.


Noticias RCN

septiembre 28 de 2022
12:38 p. m.
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En primicia, Noticias RCN conoció completo el nuevo instructivo que aplicará en casos de alteración de orden público, así como el cambio de nombre que se impondrá al actual Escuadrón Móvil Antidisturbios, Esmad.

Por un lado, se sabe que el nuevo nombre del Esmad es Unidad Nacional de Dialogo y Mantenimiento del Orden y que, tanto esta unidad como los uniformados que hacen parte de la fuerza disponible, las policías metropolitanas y departamentales, deberán seguir al pie de la letra un nuevo instructivo para proceder durante las alteraciones al orden público.

Este documento establece 11 escenarios en los que la Policía debe actuar por niveles, de acuerdo al grado de violencia que se presente.

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Por ejemplo, en el caso de manifestaciones públicas el instructivo dice que el acompañamiento de la Policía debe ser discreto para que su presencia no sea aprovechada por manifestantes para incitar al odio.

Además, establece que el derecho a la manifestación pública está por encima del derecho al buen nombre de la Institución, el cual se afecta con expresiones ofensivas, indecentes, chocantes, y que por ello no debe haber reacción del uniformado ante esas injurias.

Sin embargo, el instructivo ordena que, en casos violentos como incendios, lanzamiento de objetos peligrosos, porte armas de fuego o armas blancas, y daño en bien ajeno debe intervenir el Esmad o la nueva unidad de dialogo.

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Asimismo, precisa que en casos de manifestaciones con presencia de jóvenes entre los 15 y 24 años, la primera intervención no será de gestores de convivencia sino de la fuerza disponible, mientras que si la agresividad es muy alta tendrá que intervenir la UNDMO.

Para los casos de invasión de tierras, la intervención inicial será de la fuerza disponible y en caso de aumento de la agresividad llegará la nueva unidad. En caso de que se superen las 48 horas en la ocupación se podrán efectuar capturas por el delito de invasión de tierras.

Finalmente, para los enfrentamientos entre barras bravas, la fuerza disponible será la primera en intervenir y siempre debe haber un acompañamiento de estos uniformados en los desplazamientos.

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