Parejas que adopten en Colombia podrán decidir quién toma la licencia de maternidad y quién, la de paternidad

En su decisión, la Corte Constitucional aclaró que incluye a las parejas adoptantes del mismo sexo y a las heteroparentales.


Foto: Freepik
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Noticias RCN

febrero 19 de 2026
05:50 p. m.
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La Corte Constitucional de Colombia determinó en la sentencia C-026/26 que las parejas que adopten en Colombia, de ahora en adelante, podrán decidir quién toma la licencia de maternidad o quién toma la licencia de paternidad, en la época de parto.

Según el Alto Tribunal, la decisión incluye a las parejas adoptantes del mismo sexo y a las heteroparentales, que deben decidirlo de común acuerdo y por una sola vez. Así las cosas, la corte accede a la solicitud de los demandantes al permitir:

“A la familia heteroparental adoptante elegir quién ejercerá cada prestación, tal como lo hace la familia homoparental adoptante, entendiendo que la sentencia C-415 de 2022, estipuló que la familia adoptante del mismo sexo, es decir la homoparental, definirá, por una sola vez, quién de ellos gozará de cada prestación en las mismas condiciones previstas para las familias heteroparentales adoptantes”.

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Cuidar de los recién nacidos no es una aptitud exclusiva de las mujeres:

En la demanda que buscaba condiciones de igualdad entre las parejas adoptantes heteroparentales y las parejas adoptantes homoparentales, los demandantes citaron a la Corte en su determinación sobre los roles de padre y madre en la actualidad, que incluye en la sentencia T-587 del 2017:

“La percepción del hombre y de la mujer en la familia y en la sociedad contemporánea ha cambiado y se ha enriquecido. Poco a poco, se abandona el estereotipo tradicional que planteaba la aptitud natural y exclusiva de las mujeres para criar, guardar y cuidar a los hijos menores, sugiriendo la incapacidad de los hombres para desarrollar esas mismas tareas y obligaciones”

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¿De cuánto son las licencias de maternidad y paternidad en Colombia?

De acuerdo con el apartado de preguntas frecuentes de la página oficial del Ministerio de Salud, la licencia de maternidad en Colombia es de 18 semanas y “se remunera con el salario que devengue al entrar a disfrutar el descanso”.

En la licencia de paternidad, aunque se extiende, únicamente, por dos semanas, funciona de la misma manera, sin importar si el empleado pertenece al sector público o privado.

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