Tribunal sanciona al Servicio Geológico Colombiano por mal uso de redes sociales oficiales
La demanda se originó tras publicaciones del SGC en su cuenta oficial de X, en las que replicó mensajes presidenciales sobre la crisis de la Nueva EPS.
Noticias RCN
05:48 p. m.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca falló a favor de la acción de cumplimiento presentada por la Fundación para el Estado de Derecho contra el Servicio Geológico Colombiano (SGC).
La decisión obliga a la entidad a ajustar sus comunicaciones institucionales a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 1474 de 2011, que regula el uso de la publicidad oficial.
La demanda se originó tras publicaciones del SGC en su cuenta oficial de X, en las que replicó mensajes presidenciales sobre la crisis de la Nueva EPS y convocó a movilizaciones ciudadanas.
Según el Tribunal, estas piezas comunicacionales excedieron el objeto misional de la entidad, adscrita al Ministerio de Minas y Energía, y constituyeron publicidad oficial ajena a sus funciones.
Publicidad oficial no puede promover servidores públicos
La sentencia recuerda que la Ley 1474 prohíbe expresamente utilizar recursos públicos para la promoción de servidores, partidos o candidatos, y limita la publicidad oficial a la divulgación de programas y servicios propios de cada entidad.
En este caso, el Tribunal concluyó que el SGC incurrió en un uso indebido de sus canales institucionales al difundir mensajes relacionados con el sector salud y con la figura del presidente de la República.
Orden de retirar contenidos y adoptar protocolos internos
El fallo ordena al Servicio Geológico Colombiano retirar las publicaciones que no se ajusten a su finalidad institucional y adoptar medidas administrativas internas para garantizar que futuras campañas cumplan estrictamente con el régimen de publicidad oficial.


