Tumban obligación a abogados de probar origen de sus honorarios al defender grupos armados
La Corte Constitucional determinó que obligar a los apoderados judiciales a acreditar el origen legal de sus pagos vulnera la presunción de inocencia.
Noticias RCN
08:40 p. m.
Una reciente decisión de la Corte Constitucional ha generado debate. El tribunal estudió una parte del artículo 340A del Código Penal que exigía a los abogados demostrar que el dinero que recibían por sus servicios era de origen lícito cuando defendían a personas vinculadas con Grupos Delictivos Organizados (GDO) o Grupos Armados Organizados (GAO).
Es decir, si alguien usa sus conocimientos jurídicos, contables o técnicos para favorecer a un grupo armado o delincuencial, puede cometer un delito. Sin embargo, la misma norma decía que no era delito ejercer la defensa técnica, siempre y cuando el abogado probara el origen legal de sus honorarios.
¿Qué fue lo que la Corte encontró problemático?
La Corte consideró que esa exigencia era injusta. ¿Por qué? Porque en Colombia toda persona se presume inocente hasta que el Estado demuestre lo contrario. Eso significa que no es el ciudadano quien debe probar que es inocente, sino que es la Fiscalía quien debe probar que alguien cometió un delito.
Al obligar al abogado a demostrar que el dinero que recibió era legal, la norma le estaba trasladando una carga que le corresponde al Estado. .
El tribunal aclaró algo importante: no está diciendo que el dinero pueda ser ilegal ni que eso no importe. Lo que señaló es que no se puede exigir al abogado que lo pruebe como condición para ejercer la defensa. Si el Estado sospecha que hubo un delito, debe investigarlo y demostrarlo.
¿Qué cambia con esta decisión?
Con el fallo, se elimina únicamente la obligación de que el abogado acredite el origen lícito de sus honorarios. El delito de asesoramiento a organizaciones criminales sigue existiendo. Si un profesional realmente colabora con fines ilegales, puede ser investigado y juzgado.
La Corte recordó que esta norma fue creada para combatir el crimen organizado y cumplir compromisos internacionales, como los derivados de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. Sin embargo, también dejó claro que la lucha contra los grupos armados y delincuenciales no puede hacerse pasando por encima de derechos fundamentales como la presunción de inocencia.
En conclusión, el tribunal no está protegiendo a criminales ni debilitando la ley contra las organizaciones ilegales. Está reafirmando que en un Estado de derecho quien acusa debe probar, y que ningún ciudadano está obligado a demostrar su inocencia antes de ser investigado.
