Calendario escolar de 2026: Ministerio de Educación publicó fechas clave y requisitos
El Ministerio de Educación definió las fechas y requisitos del calendario escolar 2026. Conoce los plazos, semanas lectivas y ajustes permitidos.
Noticias RCN
02:53 p. m.
El Ministerio de Educación Nacional anunció nuevas orientaciones para la elaboración de los calendarios académicos de 2026, con el propósito de garantizar una planeación oportuna, flexible y coherente del servicio educativo en todas las regiones del país.
A través de la Circular No. 043 de 2025, publicada el pasado 10 de octubre, la cartera educativa envió directrices a las Secretarías de Educación Certificadas (ETC), recordando la importancia de estructurar el año escolar con base en criterios de calidad, bienestar docente y continuidad en los procesos de aprendizaje.
Fechas límite para la presentación de los calendarios académicos
El documento del Ministerio establece que los colegios deberán enviar sus propuestas de calendario académico dentro de los siguientes plazos:
- Antes del 1 de noviembre de 2025, para las instituciones que operan bajo el calendario A.
- Antes del 1 de julio de 2026, para los colegios con calendario B.
Además, se reitera que cada año escolar debe contemplar 40 semanas de trabajo académico con estudiantes, 5 semanas de desarrollo institucional y 7 semanas de vacaciones para docentes y directivos, distribuidas en dos periodos semestrales.
De manera optativa, las ETC podrán incluir una semana adicional de desarrollo institucional, siempre que no se alteren las semanas lectivas ni los descansos del personal educativo. Esta medida busca fortalecer la planeación institucional y las estrategias de mejora de la calidad educativa.
Flexibilidad ante emergencias y compromiso con la calidad
El Ministerio también recordó que cualquier modificación al calendario escolar deberá realizarse conforme al Decreto 1075 de 2015.
Las secretarías de educación deberán remitir las solicitudes a la Subdirección de Fomento de Competencias, que será la encargada de revisar y autorizar los ajustes.
En caso de emergencias o desastres naturales, las entidades territoriales podrán modificar los calendarios sin necesidad de autorización previa, siempre que exista una declaratoria de emergencia y se remita el acto administrativo correspondiente dentro de los tres días siguientes a su expedición.
Con estas disposiciones, el Ministerio de Educación Nacional reafirma su compromiso con una gestión educativa planificada, segura y adaptada a las realidades locales, garantizando el derecho a la educación y el bienestar de las comunidades escolares en todo el territorio colombiano.


