¿Le pidieron 'desocupar el apartamento'? Conozca en qué casos el arrendatario puede pedir indemnización
La ley estipula que el arrendador no puede pedirle a su inquilino desalojar el inmueble de un momento a otro, por lo que hay unas políticas que lo protegen.

En Colombia, miles de personas optan por arrendar una vivienda en lugar de comprarla, lo cual trae algunas ventajas, pero también responsabilidades. Es por eso que se debe estar muy informado antes de incurrir en gastos de un alquiler, ya que el incumplimiento de estas normas puede llevar a fuertes sanciones y procesos judiciales.
Uno de los escenarios que puede generar sorpresa y preocupación para el arrendatario es recibir una solicitud de desalojo repentino, ya que muchos no cuentan con un lugar a donde puedan ir en un caso como estos y les es muy difícil encontrar otro arriendo con el mismo precio y características de el inmueble donde habitaba. Ante esta situación, es importante conocer los derechos establecidos por la ley, los cuales pueden hacerse respetar.
Antes de iniciar un contrato de arrendamiento, es recomendable que exista un acuerdo escrito u oral del cual exista registro para blindarse en caso de tener que llevar el proceso a instancias legales, según lo establece la Ley 820 de 2003.
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¿Cuándo se tiene derecho a indemnización y de cuánto debe ser?
Sin embargo, el arrendador solo puede dar por terminado el contrato de manera unilateral si cumple con los requisitos establecidos por la ley. Para ello, debe notificar al arrendatario por escrito, a través de un servicio postal autorizado, con al menos tres meses de antelación a la fecha de desocupación del inmueble.
En caso de una terminación anticipada del contrato, el arrendador tiene la obligación de indemnizar al arrendatario. Según el artículo 22 de la Ley 820 de 2003, esta indemnización equivale a tres meses de arrendamiento . Por ejemplo, si el arrendatario paga mensualmente un millón de pesos, la indemnización sería de tres millones de pesos y así puede variar el valor dependiendo del costo del alquiler de la vivienda.
Es importante mencionar que el pago de la indemnización compromete al arrendatario a entregar el inmueble en la fecha acordada. En caso de no hacerlo, el arrendador tiene derecho a exigir la devolución del dinero y, además, puede iniciar un proceso legal para recuperar la propiedad.
¿En qué casos el arrendatario no tiene derecho a indemnización?
Existen algunas excepciones que dictan cuándo para el arrendador no es obligatorio pagar indemnización y puede pedir desalojo inmediato, que es cuando el inquilino:
1. Incumple con las normas del conjunto residencial y/o administración.
2. No ha pagado el arriendo o los servicios en las fechas establecidas.
3. Ha incurrido en actividades ilícitas dentro de la propiedad, según comprueben las autoridades.
4. Ha hecho modificaciones y remodelaciones sin el consentimiento del propietario.
5. Ha subarrendado la propiedad y destina el inmueble para otros fines diferentes a los estipulados por el contrato.
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Es importante que ambas partes dialoguen y lleguen a acuerdos antes de la terminación del contrato. En caso de conflictos, pueden acudir a un centro de conciliación o a una Casa de Justicia, donde se brindará asesoramiento y se buscará una solución adecuada.
Vivir en arriendo implica responsabilidades tanto para el arrendador como para el arrendatario. Conocer y cumplir con estas obligaciones es fundamental para evitar conflictos y proteger los derechos de ambas partes involucradas.

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