¿Un inquilino tiene derecho a días gratis antes de entregar la vivienda? Esto dice la ley
Existe solo un caso específico en el que el inquilino tiene un periodo de gracia.
Noticias RCN
07:32 a. m.
El arriendo en Colombia ha tenido sin duda alguna un impulso grande durante los últimos años. De acuerdo con datos recientes del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) y de los principales portales del sector inmobiliario, la demanda de inmuebles para alquiler mantiene una tendencia al alza imparable.
Actualmente, el 40,4% de los hogares en el país vive bajo la modalidad de arriendo o subarriendo, lo que equivale a más de 21 millones de personas y a unas 7 millones de familias.
Ante este escenario de alta demanda, las dudas regulatorias entre propietarios e inquilinos son cada vez más frecuentes, especialmente cuando se acerca el fin de un contrato. En este sentido, un tema que genera constante duda entre los inquilinos es un supuesto periodo gratis que puede quedarse un arrendatario antes de desocupar una vivienda en Colombia.
¿Existe realmente un periodo "gratis" según la ley?
Ante estas especulaciones sobre supuestos meses de gracia o periodos libres de pago para desalojar un inmueble, la normativa actual en el país es tajante. En el marco de la Ley 820 de 2003, que regula el arrendamiento de vivienda urbana, no existe legalmente ningún beneficio que otorgue tiempo gratuito de permanencia al inquilino.
La obligación de pagar el canon mensual se mantiene intacta hasta el último día en que se ocupen las instalaciones y se realice la entrega formal de las llaves.
No obstante existen varias figuras en el marco legal que pueden ser distintas. Cuando un propietario decide no renovar el contrato al vencimiento del término pactado, debe notificar al inquilino con una antelación mínima de tres meses a través de correo autorizado.
Durante estos tres meses de preaviso, el inquilino tiene el tiempo legal para buscar un nuevo hogar, pero debe seguir pagando cumplidamente cada mes de renta.
Ahora, si el arrendador desea terminar el contrato antes de la fecha de vencimiento sin que exista una falta o incumplimiento del inquilino, la ley lo obliga a indemnizar al arrendatario con el valor equivalente a tres meses de arriendo.
En este caso específico, el inquilino puede habitar el inmueble durante esos meses descontándolos de la indemnización que le adeudan, lo que popularmente se interpreta de forma errónea como "tiempo gratis".

