Gobierno hace duro llamado contra deudores en el país: tendrán duras consecuencias con sus finanzas
Estas son las afectaciones que tendrán los colombianos con deudas.
Noticias RCN
11:31 a. m.
El Gobierno Nacional, mediante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha intensificado su ofensiva contra los contribuyentes morosos, anunciando y ejecutando enérgicas medidas de embargo sobre cuentas bancarias y bienes de ciudadanos y empresas con obligaciones tributarias pendientes.
La entidad tributaria ha reiterado que esta acción no es una medida automática, sino el resultado de un proceso legal que se activa cuando la deuda está en firme y los contribuyentes han ignorado reiteradamente los requerimientos de pago o han incumplido con acuerdos de facilidad de pago previamente suscritos.
Según cifras de la DIAN, miles de ciudadanos están en la mira. Reportes recientes indican que la entidad ha puesto en marcha operativos masivos que afectan a miles de deudores morosos, con el objetivo de recuperar una cartera que supera los 1.2 billones de pesos solo en el inicio de estas campañas.
Acciones que tomarán contra los deudores en el país
El enfoque inicial se ha centrado en el embargo de cuentas bancarias, una medida rápida y efectiva. Se estima que miles de cuentas bancarias —tanto de ahorro como corrientes— de personas naturales y jurídicas han sido objeto de estas órdenes cautelares.
La DIAN ha subrayado que, en caso de persistir la mora, la acción se extenderá a otros bienes. El proceso de cobro coactivo faculta a la entidad a decretar embargos sobre activos como bienes inmuebles (casas, apartamentos, lotes), vehículos y otros bienes sujetos a registro, salarios (con las debidas restricciones legales) y acciones y participaciones en sociedades.
Es crucial para los ciudadanos conocer que la ley colombiana establece un límite de inembargabilidad para la protección del mínimo vital, especialmente para las personas naturales.
De acuerdo con el Estatuto Tributario, el límite aplica a los depósitos en la cuenta de ahorro más antigua del contribuyente. Este monto protegido es de 25 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMMLV). Esto significa que si el saldo de una cuenta de ahorro es inferior a ese límite, la DIAN no puede embargarla. Sin embargo, los saldos que excedan dicho tope sí son totalmente susceptibles de la medida.
Para las cuentas corrientes y las cuentas de personas jurídicas (empresas), estos límites de inembargabilidad no aplican, permitiendo a la DIAN proceder con el embargo total del saldo adeudado.

