Intereses de las cesantías: todo lo que debe saber sobre el pago de esta prestación

A más tardar, el 31 de enero los empleadores deben consignar a sus empleados los intereses de las cesantías del 2022.


Fecha de pago intereses de cesantías y datos clave
Foto: Pixabay

Noticias RCN

enero 16 de 2023
11:26 a. m.
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Las primeras semanas del año son de gran responsabilidad para los empleadores del país, pues se avecina el pago de las cesantías y los intereses acumulados por lo trabajado en el 2022.

Esta prestación es tal vez de las más esperadas por los trabajadores, pues suelen ser un apoyo para la adquisición de vivienda, el pago de estudios o un gran ahorro para planes futuros. Por tanto, es necesario conocer las fechas, requisitos y pautas para calcular el dinero que debe entrar a sus cuentas en las siguientes quincenas.

Según la ley 52 de 1975, el pago de los intereses se debe hacer a más tardar el 31 de enero y su cálculo debe ser el correspondiente al 12% del valor total de las cesantías de todo el año anterior, o lo que corresponda a los meses trabajados por el empleado.

Entretanto, las cesantías se deben consignar en el fondo elegido por el empleado en el plazo que va del 1 al 14 de febrero, con el fin de no incurrir en sanciones de mora o multas por parte del Ministerio del Trabajo.

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¿Cómo se calculan los intereses de las cesantías?

Para calcular los intereses de las cesantías, lo primero que se debe tener en cuenta es el salario base del empleado, el cual tendrá que ser dividido por el 12 %, que es a lo que correspondería el pago que se debe hacer antes del 31 de enero.

Esto quiere decir que si un trabajador gana mensualmente $2.000.000, el pago total de las cesantías del 2022 (considerando que trabajó todo el año), es de esa misma suma.

Así las cosas, los intereses se determinarían hallando el 12 % del total de las cesantías. Lo que se traduce en $240.000 para el caso expuesto, que es la suma que debería recibir adicional en el próximo pago de enero.

¿Quiénes reciben los intereses de las cesantías?

En Colombia, cualquier trabajador con un contrato a término fijo o indefinido, tiene derecho de recibir el pago de los intereses de las cesantías directamente, sin que estas sean consignadas en su fondo elegido, sino directamente en su cuenta bancaria.

A diferencia de esto, las cesantías totales del año anterior laborado sí deben ser puestas en el fondo entre el 1 y el 14 de febrero.

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¿Cuándo se pueden retirar las cesantías?

Las cesantías consignadas por los empleadores en el fondo elegido por el trabajador, pueden ser retiradas únicamente para inversiones en educación, vivienda o situación de desempleo, pues constituyen un ahorro primordial para casos de desprotección.

En casos de educación o vivienda, los beneficiarios deben demostrar que fueron admitidos en un programa certificado por el Ministerio de Educación, o que cuentan con un proyecto sólido para la adquisición de vivienda, terreno, lote o ampliación de inmueble.

En caso de quedar desempleado, el trabajador debe certificar la terminación de su contrato mediante una carta, antes de retirar el ahorro.

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