Mintransporte suspenderá registros de vehículos que no cuenten con traspaso formal
El Ministerio de Transporte ordenó a los organismos de tránsito suspender los vehículos con traspaso a persona indeterminada y depurar el RUNT.
Noticias RCN
09:20 a. m.
El Ministerio de Transporte emitió una nueva instrucción nacional que busca depurar y actualizar el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
Y es que a través de la Circular Externa 20254000000627, la entidad ordenó suspender los registros de los vehículos sobre los que no se haya formalizado el traspaso a persona indeterminada, un trámite creado para los casos en que el propietario vende un vehículo sin realizar el registro oficial ante el organismo de tránsito.
La medida, que fue comunicada a las autoridades de tránsito, la Superintendencia de Transporte, la Policía Nacional y el RUNT, pretende garantizar que los datos del registro automotor reflejen la situación jurídica real de cada vehículo que circula en el país.

Más de 700.000 vehículos en situación irregular
Según el Ministerio, esta decisión surge ante el alto número de automotores con traspasos no formalizados.
De acuerdo con la información suministrada por el RUNT, existen más de 722.000 vehículos en esta condición, lo que evidencia un rezago en la actualización de los registros.
“Todo vehículo automotor debe estar inscrito y portar la licencia de tránsito correspondiente”, recordó la cartera, haciendo referencia al artículo 34 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002), que prohíbe la circulación sin este documento.
Desde 2008, el Ministerio ha emitido resoluciones que permiten tramitar el traspaso a persona indeterminada, entre ellas la 5194 de 2008, la 3282 de 2019 y la 20223040045295 de 2022, que fijó un plazo máximo de tres años para publicar inventarios y seis meses adicionales para legalizar los traspasos.
Publicación de listados y suspensión del registro
La nueva circular ordena a los organismos de tránsito publicar antes del 30 de noviembre de 2025 los listados de vehículos que superen tres años bajo el estado de traspaso a persona indeterminada.
Posteriormente, los interesados tendrán seis meses para formalizar la propiedad del vehículo.
De no hacerlo, las autoridades deberán suspender de oficio el registro y actualizar el RUNT en un plazo máximo de cuatro meses. Además, una vez suspendido el registro, los agentes de tránsito podrán inmovilizar los vehículos que continúen circulando, conforme al artículo 34 de la Ley 769.
Finalmente, la Superintendencia de Transporte será la encargada de vigilar el cumplimiento de estas disposiciones y garantizar que los organismos de tránsito actúen en los plazos establecidos.

