Corte Suprema rechazó el intento de Trump de restringir la ciudadanía por derecho de nacimiento

La decisión radicó en la interpretación que se le dio a la 14ª Enmienda de la Constitución.


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AFP - Reuters

junio 30 de 2026
11:10 a. m.
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La Corte Suprema de Estados Unidos rechazó el intento del presidente Donald Trump de restringir la ciudadanía por derecho de nacimiento.

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El fallo, con una votación de seis a tres, marcó la segunda vez en este año que el tribunal invalida una importante iniciativa del mandatario republicano.

Derrota para Trump en el tribunal

Quienes impugnan la orden argumentan que viola el lenguaje de la 14.ª Enmienda de la Constitución, que confiere la ciudadanía a quienes nacen en Estados Unidos y están sujetos a su jurisdicción.

A través de una orden ejecutiva, las agencias podían no reconocer la ciudadanía de los niños nacidos en Estados Unidos si ninguno de sus progenitores era ciudadano o residente permanente.

“La ciudadanía, tanto entonces como ahora, tiene el derecho a tener derechos y a participar libremente en nuestra comunidad política”, afirmó el presidente del tribunal, John Roberts.

¿Qué implicaciones tenía la orden?

Esta orden había sido promulgada el año pasado, concretamente el primer día en el que Trump había vuelto al poder en la Casa Blanca. Los críticos aseguraron que la decisión era muestra de discriminación racial y religiosa basada en un enfoque de inmigración.

Además, expertos habían estimado que la orden podía afectar a aproximadamente 250 mil bebés nacidos cada año. En consecuencia, desencadenaría una afectación en millones de familias.

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Para Roberts, había escasas pruebas que respaldaran los argumentos de la administración Trump en torno a la interpretación de la enmienda: “Si el Congreso tuviera la intención de limitar la ciudadanía, nada en el conciso texto transmite esa intención”.

“Todas las personas nacidas o naturalizadas en Estados Unidos y sujetas a su jurisdicción son ciudadanos de Estados Unidos y del estado en el que residen”, esto menciona el documento que ha llevado a diversas interpretaciones.

Para el Gobierno, la frase de ‘sujetas a su jurisdicción’ significa que nacer en el país no es motivo suficiente para tener la ciudadanía. Por ende, excluye a los bebés de inmigrantes que se encuentran ilegalmente o de manera temporal (como estudiantes o con visados de trabajo).

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