Corte tumbó decreto que permitió sesiones virtuales del Congreso

Con este fallo, la próxima legislatura, a instalarse el próximo 20 de julio, tendría que desarrollarse de manera presencial.


Noticias RCN

julio 09 de 2020
01:44 p. m.
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Tras una reñida votación, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad del artículo 12 del decreto legislativo 491 del 28 de marzo del presente año, disposición que facultó al Congreso de la República y entidades de otras ramas del poder público para sesionar y debatir de manera remota, o cumplir con sus funciones de manera virtual.

La decisión tomada por la Corte, tras una votación que se resolvió con 5 votos a favor y 4 en contra, “solo surte efectos hacia futuro”; es decir, no afectaría las decisiones emanadas de la entidad, en el marco de las sesiones presenciales y semipresenciales adelantadas durante la legislatura que terminó el pasado 20 de junio, y que se vieron enmarcadas en la actual pandemia.

Vea también: Senado instaló formalmente sus sesiones virtuales

El artículo derogado por la Corte señala que “los órganos, corporaciones, salas, juntas o consejos colegiados, de todas las ramas del poder público y en todos los órdenes territoriales, podrán realizar sesiones no presenciales cuando por cualquier medio sus miembros puedan deliberar y decidir por comunicación simultánea o sucesiva”.

Lo anterior disponiendo a su vez que dichas sesiones debían responder al carácter público, haciendo la salvedad frente a los casos en los que las deliberaciones respondan a escenarios de reserva.

Según establecía el decreto, emitido el pasado 28 de marzo por el Ministerio del Interior, la disposición estaría vigente “hasta tanto permanezca vigente la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social”.  

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En su comunicado, la Corte aclaró que “se pronuncia sin perjuicio de las garantías sobre la salud y especial protección de todas las personas que integran el Congreso de la República y su cuerpo de funcionarios y empleados”.

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