Lo que usted debe saber de las nuevas medidas anticovid impuestas en Bogotá

¿Qué puede o no puede hacer en la capital de la República durante los días establecidos en la prohibición? Noticias RCN le resuelve algunos interrogantes.


Noticias RCN

abril 20 de 2021
02:47 p. m.
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El aumento de los casos de covid-19 en la capital del país no cesa. La cifra acumulada llegó a los 739.154 infectados en lo corrido de la pandemia, de los cuales 2.165 se sumaron durante la más reciente jornada, según informó el Ministerio de Salud.

Por lo anterior, autoridades sanitarias de la ciudad, en coordinación con sus pares de escala nacional, decidieron y aprobaron la adopción de una nueva serie de medidas encaminadas a mitigar el exponencial crecimiento de los casos de contagio, más aún en épocas en la que la ocupación de camas de Unidades de Cuidado Intensivo (UCI), en Bogotá y las principales ciudades del país llegan a márgenes superiores extremos.

Lea además: Toque de queda en Bogotá desde este martes por alza en contagios de covid

Estas medidas llegan apenas horas después de que el Gobierno Nacional confirmara que la jornada del pasado lunes 19 de abril, Colombia registró la cifra diaria de muertos más alta en lo corrido de la emergencia, con 420 decesos.

Las nuevas medidas fueron establecidas a través del decreto 148 del Gobierno Distrital. Estas son:   

Toque de queda nocturno

Aplicará a partir de este martes 20 de abril, durante todas las noches, hasta el lunes 26 del mismo mes.

Esta medida contempla la restricción a la movilidad para todos los ciudadanos; salvo los incluidos en las excepciones, entre las 8:00 p.m y las 4:00 a.m. del día siguiente.

Cuarentena total, estricta y obligatoria

Comenzará a partir del próximo jueves a la media noche (o viernes a las 00:00 horas), y se extenderá de manera sostenida hasta el día lunes 26 de abril a las 4:00 a.m.

Las anteriores medidas están encaminadas en evitar que la ocupación UCI en la ciudad de Bogotá llegue al 90%.

A estas, se suma la ya existente estrategia de pico y cédula para acceso a los establecimientos públicos, las diligencias notariales y bancarias y los supermercados.

Vea además:Las protestas y propuestas de los comerciantes ante medidas anticovid en Bogotá

“Con estas dos medidas vamos siguiendo la velocidad de contagio del virus y lo podemos llegar a controlar”, afirmó el secretario de Salud del Distrito ,Alejandro Gómez, quien advirtió que las medidas adoptadas están bajo permanente revisión, señalando que el próximo lunes, 26 de abril, se volverá a reunir el comité epidemiológico para estudiar los resultados de su implementación, y evaluar si es necesario o no la extensión de algunas de las prohibiciones expresadas.

¿Yo puedo…?

Frente a la implementación de la nueva serie de medidas, desde los distintos sectores surgen una serie de interrogantes sobre los que hacemos precisión, buscando dar respuesta a ellos.

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¿Cómo funcionarán los restaurantes?

La medida prevé que, los días que solo aplica el toque de queda nocturno, los restaurantes podrán funcionar de manera presencial hasta las 8:00 p.m., extendiendo su atención hasta las 10:00 p.m. bajo la modalidad de servicios a domicilio.

No obstante, a partir de la media noche del jueves, cuando comience la cuarentena estricta, los establecimientos de servicios gastronómicos solamente podrán atender al público a través del servicio de delivery (domicilios).

Esta medida se extiende hasta el lunes 26 a las 4:00 a.m.

En contexto:¡Evite sanciones! A esto se puede enfrentar si incumple la cuarentena en Bogotá

¿Cómo funcionará el servicio público de transporte?

La medida del pico y cédula no aplicará para el uso de transporte público, sin embargo, sí estará vigente para las diligencias que se requieran realizar en Notarías, Bancos y establecimientos de comercio.

Según Transmilenio, los días que opera el toque de queda nocturno, el servicio funcionará con normalidad hasta las 9:00 p.m. y las horas restantes de su funcionamiento, el flujo de buses se regulará de acuerdo a la demanda por parte de los pasajeros.

La entidad explica a su vez que, durante la vigencia de la medida de la cuarentena total, estricta y obligatoria, el servicio operará con la parrilla habitual; viernes y sábado hasta las 11:00 p.m. y domingo hasta las 10:00 p.m. , sin embargo, el servicio operará bajo demanda a partir las 9:00 p.m. durante los tres días.

¿Puedo salir de paseo?

La medida prevé que los ciudadanos tengan prohibido salir de la ciudad durante los días referenciados. Si los habitantes de municipios cercanos requieren ingresar a Bogotá para cumplir con compromisos laborales lo pueden hacer, siempre y cuando demuestren que su actividad está relacionada con las excepciones establecidas.

Lo mismo ocurrirá con ciudadanos que laboran en los municipios cercanos y viven en Bogotá.

Lea aquí: Cifra récord de muertes por covid en Colombia: 420 en 24 horas

¿Qué pasa si violo el decreto?

La persona que incumpla la prohibición podrá exponerse a la imposición de un comparendo y una posible multa de 969.088 pesos.

¿Puedo acudir a los puntos de vacunación?

Los ciudadanos a quienes les fue programada la aplicación de la vacuna anticovid se podrán movilizar para cumplir con mencionada cita. Este agendamiento debe ser corroborado, y facultaría que los adultos mayores asistan con un acompañante.

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