Admiten demanda contra norma que permite suspender órdenes de captura a solicitud del Gobierno

El Consejo de Estado determinó que la demanda cumple con las formalidades establecidas en el Código de Procedimiento Administrativo, por lo que ordenó admitir la demanda.


Noticias RCN

septiembre 25 de 2026
04:07 p. m.
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El Consejo de Estado admitió una demanda presentada por la Fundación para el Estado de Derecho contra una norma que regula la suspensión de órdenes de captura en el marco de la Ley 418 de 1997.

Estudiarán demanda contra norma que regula la suspensión de órdenes de captura

La demanda busca que se declare la nulidad, además de solicitar como medida previa la suspensión provisional parcial de los efectos del artículo 3 del Decreto 1980 de 2012, norma que posteriormente fue compilada en el artículo 2.1.6.3 del Decreto 1081 de 2015.

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El alto tribunal determinó que la demanda cumple con las formalidades establecidas en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, por lo que ordenó admitirla.

Esto significa que el proceso continuará y las entidades demandadas tendrán la posibilidad de responder los argumentos planteados por la Fundación para el Estado de Derecho, presentar excepciones, solicitar pruebas y, si corresponde, hacer llamados en garantía.

En el documento, se aclara que el Consejo de Estado estableció un plazo de 30 días para que las partes correspondientes contesten la demanda y desarrollen las actuaciones procesales previstas en esta etapa.

Dentro del proceso fueron vinculados como parte demandada el presidente de la República, el ministro de Justicia y del Derecho y el director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

El auto también ordena notificar al procurador delegado ante la Sección Primera del Consejo de Estado y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

¿Qué sigue ahora?

Además, el tribunal dispuso que la existencia del proceso sea informada a la comunidad a través de su página web, como establece el CPACA.

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La admisión de la demanda no significa que el Consejo de Estado haya determinado que la norma sea ilegal ni que haya resuelto de fondo las pretensiones de la Fundación para el Estado de Derecho.

Por ahora, la decisión implica que la acción judicial cumplió los requisitos formales para ser estudiada y que continuará el trámite correspondiente.

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