Corte Constitucional ordenó a la Nueva EPS eliminar trabas en la entrega de medicamentos
Esta decisión se da por una tutela por el caso de un niño de 10 años sin acceso a tratamiento médico para la enfermedad huérfana que padece.
Yhonay Díaz
01:34 p. m.
La Corte Constitucional estableció un precedente histórico al ordenar a la Nueva EPS abstenerse de imponer trabas o dilaciones administrativas que impidan el acceso oportuno de los pacientes a sus medicamentos, especialmente en casos de enfermedades huérfanas.
El fallo, con ponencia del magistrado Carlos Camargo, se da tras una acción de tutela interpuesta por una madre en representación de su hijo de 10 años, diagnosticado con una enfermedad huérfana, quien no había recibido los medicamentos necesarios para su tratamiento debido a obstáculos administrativos impuestos por la entidad prestadora de salud.
La decisión judicial es categórica al señalar que la Nueva EPS sometió al paciente al denominado "paseo de la muerte", refiriéndose a las múltiples barreras burocráticas que enfrentan los colombianos para acceder a servicios de salud.
Nueva EPS no podrá poner trabas para entregar medicamentos
La orden emitida por el alto tribunal establece textualmente:
Ordenar a la Nueva EPS que en lo sucesivo se abstenga de imponer trabas o cargas administrativas que, mediante dilaciones injustificadas u otras actuaciones, dificulten el acceso oportuno, continuo e integral de los usuarios a las prestaciones en salud.
El magistrado Camargo dejó en claro la determinación de la Corte Constitucional para garantizar que los colombianos tengan efectivamente el derecho a la salud, señalando que este derecho fundamental no puede verse afectado por trabas administrativas, dilaciones o falta de gestión en la entrega de medicamentos necesarios para salvar vidas.
Fallo histórico a favor de la salud por la Corte Constitucional
La Corte Constitucional ha sido enfática en distintos autos y sentencias sobre la importancia del derecho a la salud como derecho fundamental.
Este nuevo precedente refuerza la jurisprudencia existente y establece parámetros claros para que las entidades prestadoras de salud cumplan con sus obligaciones sin imponer barreras injustificadas a los pacientes.
Aunque existen esfuerzos institucionales por reconstruir el sistema, la realidad es que la vida de los pacientes, especialmente aquellos con enfermedades huérfanas, no admite esperas ni dilaciones administrativas.



