Corte Constitucional: Nueva EPS debe garantizar los viáticos de sus pacientes
El alto tribunal concluyó que el traslado de los pacientes es una de las mayores barreras en la prestación de los servicios de salud.
Noticias RCN
09:38 a. m.
La Corte Constitucional le hizo un nuevo llamado de atención a la Nueva EPS, tras revisar los casos de un adulto mayor con enfermedad crónica y dos menores de edad con patologías renal y cognitiva.
Los tres habrían tenido problemas para continuar su tratamiento, luego de que la intervenida Nueva EPS les negara la prestación del servicio de transporte intermunicipal, a través de la entrega de viáticos, para asistir a sus citas médicas en otra municipalidad.
De acuerdo con el alto tribunal, la entidad promotora de salud debe abstenerse de imponer barreras que dificulten a los usuarios continuar su tratamiento, sobre todo cuando padecen enfermedades graves.
Además, advirtió que el traslado del lugar de residencia de los pacientes a centros médicos es una de las barreras principales para garantizar la prestación de los servicios de salud en el país.
La Corte insiste en que prima “el goce efectivo del derecho a la salud”
Tras encontrarse con una serie de trabas para continuar su tratamiento, en los tres casos, las familias de los pacientes decidieron tutelar, alegando que, al negarles la prestación del servicio de transporte intermunicipal para asistir a sus citas, la Nueva EPS vulneraba su derecho a la salud.
Un señalamiento en el que coincide el presidente de la Asociación de Pacientes Alto Costo, Néstor Álvarez: “Se debe garantizar, en los casos que sea necesario, para el goce efectivo del derecho a la salud, los viáticos y el transporte para los pacientes que no están cubiertos por esa UPC diferencial”.
Días antes, en respuesta a otra acción de tutela contra la Nueva EPS, en un caso en el que una paciente tuvo que pagar de su bolsillo la toma de exámenes médicos, el Tribunal Superior de Buga llegó a una conclusión desalentadora para sus afiliados.
“Sin lugar a dudas, ha abandonado a sus usuarios”, se lee en el fallo, luego de que la mujer tratara de conseguir la autorización, en repetidas oportunidades, y no obtuviera una respuesta favorable.

