Juez ordena al presidente ocultar videos con imágenes de cadáveres publicados en redes sociales

Para la juez encargada, es necesario restringir temporalmente el acceso público a las publicaciones mientras se estudia de fondo si su contenido puede vulnerar derechos fundamentales.


Foto: Presidencia de la República

Noticias RCN

septiembre 09 de 2026
04:50 p. m.
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El Juzgado Catorce Laboral del Circuito de Bogotá concedió una medida provisional dentro de una acción de tutela que cuestiona la publicación de videos con imágenes explícitas de cadáveres en la cuenta oficial de la Presidencia de la República en Instagram.

Ordenan al presidente ocultar, temporalmente, publicaciones con cadáveres

Para la jueza Evangelina Bobadilla Morales, es necesario restringir de manera temporal el acceso a las publicaciones mientras las autoridades pertinentes evalúan si las imágenes vulneran los derechos fundamentales relacionados con la protección de menores de edad.

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“Considera el despacho que, mientras se determina si las publicaciones objeto de reproche pueden catalogarse como violentas o explícitas y, por tanto, ser susceptibles de generar una afectación de esa naturaleza, resulta necesario adoptar medidas de carácter transitorio, a efectos de evitar la configuración de un eventual perjuicio irremediable, máxime cuando el contenido permanece disponible al público a través de una red social de amplia circulación como lo es “Instagram”, Meta platforms, inc”, se lee en el documento.

La tutela, que fue presentada por Santiago Osorio Marín, establece que el DAPRE deberá ocultar, en máximo un día, las publicaciones relacionadas con dos operaciones militares y compartidas en la cuenta de la Presidencia.

Los contenidos fueron compartidos el pasado 2 y 4 de septiembre evidenciando los resultados de las operaciones que se llevaron a cabo en La Guajira y en Guaviare, denominadas ‘Azarías’ y ‘Centinela de la Patria’.

Según el documento, la medida es temporal y no establece que las publicaciones deban ser eliminadas de manera definitiva.

La determinación responde al posible impacto psicológico que podrían generar las imágenes en menores de edad. El juzgado señaló que el derecho a la integridad personal de los niños comprende la protección frente a acciones o conductas que puedan ocasionar daño o sufrimiento psicológico.

“Entre tanto se establece, a través del correspondiente análisis de fondo, si las publicaciones cuestionadas tienen la virtualidad de transgredir las garantías constitucionales invocadas, considera el Despacho necesario adoptar una medida de carácter temporal dirigida a impedir que dicho contenido continúe siendo públicamente accesible”.

Defensora del Pueblo se refirió al respecto

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Cabe mencionar que la defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz, recientemente también se refirió al respecto y rechazó el uso de los cuerpos de personas fallecidas en declaraciones públicas.

“Nuestro país lleva décadas enfrentando diferentes ciclos de conflictos armados y criminalidad organizada. Sin embargo, no recuerdo haber visto a un presidente caminando entre los muertos y sintiéndose orgulloso de esas muertes. La muerte no es nueva, es recurrente. La muerte de civiles y la muerte de combatientes, la muerte de inocentes y la muerte de culpables”, aseguró.

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