Estos son los casos donde la mesada pensional se prescribe: Ley es clara en cuando se aplica

Existen ciertos casos donde los jubilados no reciben este dinero.


Mesada pensional
Foto: Freepik

Noticias RCN

febrero 09 de 2026
06:46 a. m.
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El concepto de prescripción es una vía por la cual el transcurso del tiempo produce el efecto de consolidar las situaciones de hecho, permitiendo la extinción de la acción, mas no del derecho.

Bajo este contexto, se aclara una cosa: mientras que el derecho a la pensión es imprescriptible, el dinero de las mesadas que no se reclama a tiempo tiene fecha de caducidad. Esta realidad jurídica encuentra su fundamento principal en el Artículo 151 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social.

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El artículo mencionado anteriormente establece una regla general clara para las acciones que emanan de las leyes sociales: estas prescriben en tres (3) años. Este término empieza a contarse desde el momento en que la obligación se hace "exigible".

¿Cuándo se prescribe una mesada pensional?

En términos prácticos, esto significa que si un ciudadano adquiere el derecho a recibir su pensión pero no realiza la reclamación formal, el estado o el fondo privado solo están obligados a pagarle retroactivamente los últimos tres años desde la fecha de su solicitud.

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Por ejemplo, si usted cumplió los requisitos para pensionarse en 2020, pero solo presenta la solicitud en 2025, bajo el Artículo 151, las mesadas de los años 2020 y 2021 habrán prescrito. Usted solo podrá reclamar los pagos correspondientes a 2022, 2023 y 2024.

¿Cómo detener la prescripción de una mesada?

Para que el "reloj" de los tres años se detenga, el interesado debe presentar una reclamación escrita ante la entidad correspondiente (Colpensiones o fondos privados).

Según la ley, la presentación del reclamo interrumpe la prescripción por un lapso igual (otros tres años). Si tras la respuesta de la entidad no se inicia una demanda judicial o no se hace efectivo el pago, el tiempo empezará a correr nuevamente.

Ahora bien, existen casos especiales que se evalúan con más rigor. Para militares y policías, existen normas especiales (como el Decreto 1211 de 1990) que pueden extender este plazo a cuatro años.

Además, los menores e incapaces también figuran allí. La prescripción no suele correr contra personas con discapacidad mental absoluta o menores de edad mientras no tengan un representante legal que pueda actuar por ellos.

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