¿A partir de qué monto se cobra la ganancia ocasional por venta de inmueble? Esto debe saber en 2026

Conozca los factores que determinan la ganancia en estos casos.


Noticias RCN

marzo 24 de 2026
12:13 p. m.
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En términos sencillos, la ganancia ocasional es el tributo que se aplica a los ingresos que no provienen de la actividad económica principal o cotidiana de una persona o empresa. Se trata de ingresos "extraordinarios" o esporádicos.

En el contexto inmobiliario, este impuesto nace de la utilidad obtenida al vender un bien (casa, apartamento, lote) que ha estado en poder del vendedor por un periodo de dos años o más.

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Si el inmueble se vende antes de cumplir los dos años de posesión, la utilidad no se considera ganancia ocasional, sino que se suma a la renta líquida ordinaria, lo que generalmente implica una tarifa de impuestos mucho más alta (progresiva hasta el 39%).

¿A partir de qué monto se cobra en 2026?

Una de las dudas más frecuentes es si existe un valor de venta mínimo para que se empiece a cobrar el impuesto. La respuesta técnica es que no existe un monto de venta mínimo; el impuesto se calcula sobre la utilidad, es decir, la diferencia entre el precio de venta y el costo fiscal (el valor por el que se declaró o compró el bien, más ajustes permitidos).

Sin embargo, para este 2026, la normativa colombiana —bajo la vigencia de la última reforma tributaria— establece exenciones clave que usted debe conocer:

  • Tarifa General: La tarifa para las ganancias ocasionales por venta de activos fijos se mantiene en el 15%.
  • Exención por Vivienda de Habitación: Si el inmueble vendido era su vivienda principal (donde residía), las primeras 5.000 UVT de la utilidad están exentas de impuestos.
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Para 2026, con una UVT proyectada en $52.374, esta exención equivale aproximadamente a los primeros $261.870.000 de ganancia.

  • Condición de Reinversión: Para que esta exención aplique, el dinero de la venta debe depositarse en una cuenta AFC o destinarse a la compra de otra vivienda de habitación o al pago de un crédito hipotecario vinculado al inmueble vendido.

Antes de firmar una escritura, es vital actualizar el costo fiscal del inmueble mediante los ajustes autorizados anualmente por el Gobierno. Esto le permitirá reducir la utilidad en el papel y, por ende, pagar un impuesto más justo y legalmente optimizado.

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