Freno a ciclistas con práctica muy común en las vías: esta es la dura multa que les aplica
Esta práctica es sancionada fuertemente por la ley colombiana.
Noticias RCN
11:52 a. m.
A pesar de la creciente infraestructura de ciclorrutas en el país, persiste la práctica riesgosa de utilizar los puentes diseñados para peatones como extensiones de la vía vehicular. Según el Código Nacional de Tránsito, los puentes peatonales son zonas de seguridad exclusivas para quienes se desplazan a pie.
La normativa establece que cuando un ciclista necesita utilizar esta infraestructura para cruzar una avenida o conectar con otra vía, debe descender de su vehículo y transitarlo de forma manual.
Al pedalear sobre el puente, el ciclista pierde su prioridad y se convierte en un infractor que pone en peligro a niños, adultos mayores y personas con movilidad reducida que utilizan estos pasos.
Freno a ciclistas por esta práctica con dura multa
Con la actualización de las tarifas de infracciones para el año 2026, basadas en la Unidad de Valor Básico (UVB), las sanciones económicas han visto un ajuste significativo. Transitar por lugares no autorizados —incluyendo puentes, aceras y plazas— se clasifica generalmente como una infracción tipo A.
- Valor de la multa: Para este 2026, la multa por esta conducta se sitúa en aproximadamente $168.900 pesos (sujeto a variaciones según el municipio y la actualización exacta del salario diario).
- Inmovilización: En casos de reincidencia o si la conducta pone en riesgo inminente a terceros, las autoridades tienen la facultad de inmovilizar la bicicleta, lo cual genera costos adicionales por concepto de patios y grúas.
Durante las primeras semanas de enero, los "Agentes de Tránsito Civiles" han estado presentes en puntos críticos de ciudades como Bogotá, Medellín y Cali. Aunque se han emitido comparendos educativos, la directriz es clara: tolerancia cero para quienes insistan en pedalear entre la multitud.

