¿Lo sabía? El elemento que tienen la mayoría de vehículos y que podría generarle dura multa

Aunque muchos los desconocen, portar este elemento podría tener consecuencias en lo económico.


Multa por pantalla
Foto: Freepik

Noticias RCN

agosto 05 de 2025
10:08 a. m.
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Con el avance de la tecnología, los vehículos han dejado de ser simples medios de transporte para convertirse en máquinas de acceso tecnológico.

Las pantallas táctiles, que antes eran un lujo reservado para los automóviles de alta gama, son ahora una característica común en casi todos los modelos nuevos.

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Sin embargo, en Colombia, el uso y la ubicación de estas pantallas están generando un debate que podría tener implicaciones legales y económicas para los conductores.

¿Multa por pantallas en los carros? Esto dice la ley

La interpretación del Código Nacional de Tránsito, que, si bien no prohíbe explícitamente las pantallas en los vehículos, sí establece normativas sobre la distracción al volante.

El artículo 131, literal D, establece que se sancionará al conductor que “conduzca hablando por teléfono celular o manipulando cualquier otro dispositivo móvil, sin el uso de manos libres”.

Además de ello, la infracción de tránsito tipo B23 en Colombia se refiere a dos comportamientos sancionables, según el Código Nacional de Tránsito. Ambos tienen que ver con el uso de equipos que pueden generar distracción.

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Utilizar pantallas, proyectores de imagen o similares en la parte delantera de los vehículos mientras este se encuentra en movimiento podría acarrear una sanción.

Esta es la parte de la infracción B23 que más se relaciona con la seguridad vial. La ley busca evitar las distracciones que estas pantallas pueden generar en el conductor. Es importante destacar que la norma se enfoca en el uso de estos dispositivos mientras el vehículo está en movimiento, ya que el riesgo de accidente es mucho mayor.

Esta infracción conlleva una multa económica equivalente a ocho salarios mínimos diarios legales vigentes. Para el año 2025, dicha multa asciende a $ 379.600.

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