Así funcionará Colpensiones si no entra en vigor la reforma pensional

Conozca el impacto real en el sistema y el futuro de sus aportes en caso de qué se caiga la reforma.


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Noticias RCN

agosto 18 de 2026
03:29 p. m.
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El futuro del sistema de pensiones en Colombia mantiene la atención sobre Colpensiones y los fondos privados. Ante la posibilidad de que la reforma pensional no se aplique de forma definitiva, surgen dudas sobre cómo funcionará el sistema y qué pasará con las cotizaciones de los trabajadores.

Si la reforma no entra en vigencia, la estructura pensional del país seguirá funcionando bajo la Ley 100 de 1993. Esto significa que Colpensiones y los fondos privados continuarán operando de forma independiente, tal como lo han hecho hasta ahora.

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Los trabajadores mantendrán la libertad de elegir dónde guardar sus ahorros para la vejez. Quienes prefieran el fondo público seguirán en Colpensiones, mientras que quienes opten por el sector privado permanecerán en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

Así se distribuirán los ingresos y sus cotizantes

Uno de los puntos principales de la reforma era obligar a la mayoría de los trabajadores a cotizar en Colpensiones hasta cierto nivel de ingresos. Sin la aplicación de esta ley, dicha medida queda anulada.

En consecuencia, Colpensiones no recibirá de manera obligatoria a los millones de afiliados que hoy están en las entidades privadas. La entidad pública mantendrá únicamente a las personas que decidan afiliarse a ella voluntariamente, por lo que el Estado deberá seguir destinando recursos del presupuesto nacional para cubrir el pago de las pensiones que tiene a su cargo.

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Traslados y requisitos de jubilación

La no aplicación del proyecto también deja sin efecto los cambios propuestos para los traslados de fondo. Los afiliados deberán cumplir con los plazos y requisitos que establece la ley vigente si desean cambiar de Colpensiones a un fondo privado o viceversa.

De igual manera, los requisitos para pensionarse se mantendrán sin modificaciones:

  • Edad de jubilación: 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres.
  • Semanas de cotización: Se conservan las exigencias actuales para cada régimen (1.300 semanas en Colpensiones y 1.150 en los fondos privados).
  • Sin la reforma pensional, el modelo de jubilación en Colombia continuará funcionando bajo las mismas reglas conocidas, permitiendo la convivencia entre el fondo público y los administradores privados.
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