Asamblea Nacional Constituyente: así sería el proceso de convocatoria

En primer lugar, el Congreso de la República debe aprobar una ley que le permita preguntar a la ciudadanía si quiere que se organice una Asamblea.


Asamblea Nacional Constituyente: así sería el proceso de convocatoria.
Foto: Registraduría Nacional del Estado Civil.

Noticias RCN

marzo 19 de 2024
11:49 a. m.
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El debate nacional se ha concentrado en la propuesta del presidente Gustavo Petro de convocar una Asamblea Nacional Constituyente, proceso que Colombia no vive desde que se consolidó la Constitución Política de 1991.

El mandatario colombiano ha insistido en que no busca modificar la Constitución ni la reelección, sino solucionar los problemas que actualmente los colombianos tienen relacionados con sus derechos básicos.

“Lo que he propuesto no es reemplazar esa constitución que hicimos. Las constituyentes no siempre derogan, sino que recuperan lo contrarreformado y añaden lo que por su tiempo una constitución no pudo declarar”, afirmó Petro en su cuenta de X.

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El presidente insistió en “la Constitución del 91 no ha sido aplicada porque fue reemplazada de inmediato por un régimen de facto: la gobernanza paramilitar o el régimen de corrupción como lo llamaba Álvaro Gómez”.

¿Qué se necesita para que haya una Asamblea Nacional Constituyente?

Una Asamblea Nacional Constituyente es un proceso que puede convocar el Gobierno Nacional con la cual se permitiría modificar y reformar la Constitución Política. 

Para poder convocar el proceso, se deben cumplir ciertos procesos para que se pueda oficializar la Asamblea Nacional Constituyente.

La Misión de Observación Electoral (MOE) entregó un paso a paso del proceso que debe surtir el trámite.

Lo primero que debe ocurrir es que se presente un proyecto de ley que el Senado y la Cámara de Representantes deben aprobar con mayorías. En el documento debe quedar estipulado que se le va a consultar a la ciudadanía la convocatoria de la Asamblea.

“En la ley que apruebe el Congreso se debe especificar la convocatoria de la Asamblea Constituyente, el número de integrantes de la Asamblea Constituyente, el sistema de elección, los temas de la Asamblea y la fecha de su iniciación y su período”, explicó la MOE.

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A continuación, la ley deberá pasar a sanción presidencial y posteriormente deberá ser revisada y aprobada por la Corte Constitucional. Si es aprobada, la convocatoria a la ciudadanía se debe hacer entre 2 y 6 meses.

El tarjetón entregado por las autoridades electorales deberá especificar con un sí y un no si desea que se convoque a una Asamblea Nacional Constituyente y cuáles serán los temas que se abordarían en esta.

“La convocatoria de la Asamblea Constituyente será aprobada cuando al menos una tercera parte de los integrantes del censo electoral voten afirmativamente. Teniendo en cuenta el censo actual se necesitarían al menos 12.988.505 votos por el sí”, explicó la MOE.

Integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente

Después de que la ciudadanía aprueba la convocatoria de la Asamblea, en los siguientes 2 y 6 meses se deben designar los integrantes que liderarán la Asamblea.

“Una vez conformada la Asamblea se suspende la facultad ordinaria del Congreso para reformar la Constitución. La Asamblea deliberará y aprobará durante el período por el cual fue convocada los temas de su competencia”, informó la MOE.

Finalmente, la Asamblea nuevamente podrá convocar a la ciudadanía para que apruebe el texto de las reformas y cambios que se realicen.

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