¿Cuál es la diferencia entre la ley de sometimiento y los diálogos de paz?
La exministra de Justicia, Ángela María Buitrago, explicó cómo funcionaría la ley de sometimiento para los grupos armados.
Yhonay Díaz
06:36 p. m.
El ministro de Justicia, Iván Cancino, confirmó que grupos criminales han establecido comunicación con el Gobierno Nacional. En este momento, el Ejecutivo trabaja en la formulación de una ley de sometimiento que busca facilitar la desmovilización de organizaciones armadas ilegales.
La exministra de Justicia, Ángela María Buitrago, explicó las diferencias fundamentales entre un proceso de sometimiento a la justicia y un proceso de paz.
El sometimiento a la justicia puede estar en ambos campos.
Diferencia entre ley de sometimiento y diálogos de paz
De acuerdo con la exministra, la distinción radica en la iniciativa, explicó que en los procesos de paz, los grupos armados deciden voluntariamente acercarse a la justicia mediante desmovilización, colaborando con verdad, justicia y reparación, mientras que cuando opera la ley ordinaria, "lo que hay es investigación, imputación y sometimiento a la justicia bajo unas pautas del código de procedimiento penal".
Señaló que la Ley 1908, incorporada al sistema procesal penal, que permite judicializar a personas que quieran someterse voluntariamente. Este trámite implica que la Fiscalía formule imputación, solicite medida de aseguramiento, inicie juicio y concluya con sentencia, aunque ofrece beneficios por colaboración.
Buitrago detalló que quienes acepten cargos en la primera audiencia recibirán rebajas de pena, con porcentajes diferentes según el momento procesal.
Si ellos ayudan a esclarecer, a encontrar a todos los partícipes del grupo criminal, también podría aplicarse el principio de oportunidad.
La importancia de que las víctimas hagan parte del proceso
Sobre los límites entre ofrecer rebajas y garantizar justicia, indicó que “el límite tiene que ser la víctima al centro y tiene que ser el reconocimiento de que los actores criminales reparen a esas víctimas, incluso tenerlas en cuenta.
Explicó que las víctimas deben estar incorporadas en estos procesos como derecho convencional y constitucional.
La exministra dijo que aunque pueden discutirse penas mayores o menores, "la impunidad significa es que ni hay investigación ni hay sanción. Y esto no es permisible ni puede ser permisible en Colombia".



