Sancionada la reforma a la justicia: ¿Qué cambios trae? Esto es lo más importante

Esta ley tiene como fin descongestionar el sistema, el cual actualmente está saturado.


Noticias RCN

julio 14 de 2025
07:48 p. m.
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El presidente Gustavo Petro sancionó la reforma a la justicia, la nueva ley con la que se busca descongestionar el sistema mediante negociaciones con quienes cometan delitos.

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Con la puesta en marcha de la reforma, cambian algunos aspectos en relación con la terminación anticipada de procesos. La ley se articuló con el trabajo colectivo de la Fiscalía, Corte Suprema y Ministerio de Justicia.

¿Qué plantea la reforma?

Uno de los puntos más importantes es la reparación integral como forma de extinción de acción penal para algunos delitos, siempre y cuando haya un resarcimiento de los daños causados a la víctima.

Se abre la negociación para quienes acepten algunos delitos. Esta posibilidad estará disponible para personas capturadas en flagrancia, que tengan delitos relacionados con terrorismo, secuestro, financiación del terrorismo o extorsión.

Sobre los preacuerdos, esto dice el articulado: “Quienes acepten su responsabilidad (por los delitos mencionados anteriormente) podrán recibir una reducción de pena por preacuerdo o allanamiento a cargos sea de hasta la mitad de la pena prevista (…) eliminando así la prohibición general que actualmente existe”.

Cambios importantes

La disminución va de la mano con el alcance de desmantelar a las bandas criminales dedicadas a estos delitos.

Otro punto importante es que cuando se colabore con la justicia mediante prueba anticipada de testimonio, la Fiscalía podrá suspender o interrumpir la persecución penal.

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En casos en los que la Fiscalía suspenda, interrumpa o renuncie a la persecución penal por las causales 4 y 5 del principio de oportunidad, es obligatorio practicar como prueba anticipada el testimonio del imputado o acusado que resulte beneficiado de esta figura, con el fin de preservar la integridad del medio probatorio.

Con esto, la reforma extiende el principio de oportunidad a la fase de indagación, antes de la audiencia de formulación de cargos y hasta antes del juzgamiento.

Adicionalmente y en relación con la prueba anticipada, se admitirá su práctica sin que sea necesario demostrar motivos fundados en casos, por ejemplo, que tengan que ver con investigaciones contra grupos armados, inducción a la prostitución, proxenetismo con menor de edad, entre otros.

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