Orden de arresto contra el ministro de Trabajo Antonio Sanguino por desacato

El fallo del 20 de mayo de 2026 ordenaba responder en un plazo de 48 horas un cuestionario de 12 preguntas.


Antonio Sanguino ministro del Trabajo
FOTO: Ministerio del Trabajo

Noticias RCN

julio 06 de 2026
12:35 p. m.
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Un juez de la República ordenó el arresto del ministro de Trabajo, Antonio Sanguino Páez, tras declarar que incumplió un fallo de tutela que protegía el derecho fundamental de petición de la representante a la Cámara Katherine Miranda.

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La decisión incluye una sanción de cinco días de arresto y una multa equivalente a tres salarios mínimos mensuales legales vigentes.

El proceso se originó en una acción de tutela presentada por Miranda, quien solicitó información al Ministerio de Trabajo sobre presuntas denuncias de acoso y violencia de género en el medio de comunicación RTVC.

El fallo del 20 de mayo de 2026 ordenaba responder en un plazo de 48 horas un cuestionario de 12 preguntas, pero la entidad no cumplió con la orden judicial.

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La tutela de la representante Katherine Miranda

La representante Katherine Miranda había radicado la solicitud en marzo de 2026, pidiendo claridad sobre las actuaciones del Ministerio frente a denuncias de acoso laboral y violencia basada en género en RTVC. Ante la falta de respuesta, acudió a la acción de tutela, mecanismo constitucional que protege derechos fundamentales.

El juez determinó que el ministro Sanguino, como responsable directo, no acató la orden y por ello incurrió en desacato, figura que permite imponer sanciones personales a los funcionarios que incumplen decisiones judiciales.

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Ejecución de la sanción

La providencia ordena a la Policía Nacional proceder con la captura del ministro para que cumpla la pena de arresto en instalaciones carcelarias de la institución. Además, la multa deberá consignarse en la cuenta destinada por el Consejo Superior de la Judicatura para recaudar sanciones y cauciones.

La decisión será consultada con el superior jerárquico, conforme al Decreto 2591 de 1991, antes de su ejecución definitiva.

Este caso se suma a las tensiones institucionales en torno al cumplimiento de fallos de tutela y la obligación de los ministerios de garantizar respuestas oportunas a los ciudadanos.

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