Procuraduría se negó a abrir una investigación disciplinaria contra la defensora del pueblo por cuestionar públicamente a Benedetti

La Fiscalía archivó hace meses una denuncia presentada por el mismo caso, de Benedetti contra Marín.


Foto: montaje realizado con imágenes de AFP
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Noticias RCN

enero 15 de 2026
09:33 a. m.
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La defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz, cantó victoria, nuevamente, contra el ministro del Interior, Armando Benedetti, luego de que la Procuraduría decidiera no abrir una investigación disciplinaria en su contra por los cuestionamientos realizados cuando el presidente, Gustavo Petro, anunció su llegada al cargo.

Tras un episodio de presunta violencia intrafamiliar, en junio del 2024, en el que se habrían visto involucrados Benedetti y su esposa, Adelina Guerrero, en España, y la apertura de investigaciones en contra de Benedetti, la defensora advirtió:

“Creo que no es una decisión conveniente ni respetuosa de los riesgos en derechos humanos y de violencia contra la mujer. Tener un funcionario que tiene estas acusaciones tan serias, no solo de violencia de género, sino también de corrupción. Si efectivamente es nombrado ministro, la Defensora del Pueblo articulará con el funcionario que esté a cargo, manteniendo su posición sobre su nombramiento”.

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Benedetti presentó una queja disciplinaria en la Procuraduría y una denuncia en Fiscalía:

Entonces, el ministro Benedetti presentó una denuncia en Fiscalía (que fue archivada hace unos meses) y una queja disciplinaria en la Procuraduría, en la que argumentaba ser víctima de “ataques constantes contra su buen nombre, integridad moral y honra”, a manos de Marín, a la que acusaba de haber “transgredido fehacientemente sus derechos, realizando imputaciones fraudulentas e infundadas en su contra, de corrupción y violencia de género”.

La Sala Disciplinaria de Instrucción revisó la queja colocada el 29 de abril del 2025 y, finalmente, decidió inhibirse de iniciar una acción disciplinaria contra Marín en condición de defensora del Pueblo.

En el acta, argumentaron que “no se advierte que se hubiere realizado la imputación falsa de una conducta delictiva, pues como se observa, las apreciaciones realizadas por la funcionaria se circunscribieron a hacer alusión a las acusaciones atribuidas al señor Armando Benedetti”. En otras palabras, se refirió a un tema que ya era de conocimiento público.

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Como personaje de interés, Benedetti está expuesto al escrutinio:

De acuerdo con el Ministerio Público, Marín “no le atribuyó al señor Benedetti, una conducta ajena a las investigaciones en su contra”. Además, como figura de interés nacional, “se ha reconocido que una de las obligaciones que implica el desempeño de su función conlleva la carga de soportar un mayor escrutinio de sus actividades personales y funcionales”.

Por tanto, concluye que “no se advierte una conducta con connotación disciplinaria que amerite iniciar la acción en este ámbito, al no existir fundamento para derivar de dicho comportamiento la incursión en la tipificación de las conductas de calumnia e injuria, ni el incumplimiento de deberes o extralimitación de funciones en el cargo que desempeña”.

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