¿Quién responde si lo choca o atropella un vehículo de enseñanza?

En un accidente de tránsito hay dos tipos de responsabilidades: la penal y la civil. Pero cuando el vehículo involucrado es de enseñanza, ¿quién responde?


Quién responde si lo atropella un vehículo de enseñanza
Foto: Pixabay

Noticias RCN

diciembre 07 de 2022
03:30 p. m.
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El pasado 18 de agosto una motociclista fue arrollada por un carro de enseñanza. La mujer falleció y se inició una investigación para determinar quién debe responder. El proceso avanza y los familiares piden justicia, pero este caso despertó un interrogante: si a usted lo atropella un carro de enseñanza, ¿quién responde?

Darío Hidalgo, experto en movilidad, explica que las escuelas de conducción están reguladas y vigiladas por la Superintendencia de Transporte. “Estas deben tener una serie de requisitos, seguros y papeles en regla para proteger a sus trabajadores, clientes y a las personas de afuera”.

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Por su parte, el Ministerio de Transporte establece la reglamentación y la Agencia Nacional de Seguridad Vial ayuda a brindar lineamientos, parámetros y capacitación.

¿Quién tiene la culpa? 

En estas situaciones hay dos tipos de responsabilidades: la penal y la civil.

La primera depende de si hay una imprudencia que fue tolerada o consentida por el profesor de conducción, esto teniendo en cuenta que los vehículos de enseñanza cuentan con elementos en la parte del copiloto, donde se sienta el instructor, que están habilitados para evitar un acto inseguro o una acción que ocasione accidentes.

Si hay una accidente y el instructor pudo haberla evitado, este sería coautor de un delito imprudente de homicidio, explica el penalista Francisco Bernate. Si por el contrario, el instructor no pudo evitarlo, la responsabilidad es solo el estudiante.

Según el abogado penalista Marlon Preciado, el delito por el que se acusa a una persona que va al volante y atropella a un ciudadano es homicidio culposo. “Está estipulado en el código penal en el artículo 109. Puede acarrear responsabilidad penal con una sanción de prisión de 32 a 108 meses y provocar la suspensión del ejercicio de la actividad”.

En cuanto a lo civil, por las reclamaciones e indemnización de los afectados responde la escuela de conducción que está amparada en pólizas, siempre y cuando el accidente se configure dentro de la cobertura del seguro.

La regulación sobre las empresas de conducción deja en evidencia algunos vacíos, sin embargo, Roberto Betancourt, investigador de accidentes de tránsito, afirma que la legislación de las academias está en proceso y va mejorando. "Se inició en el 80, hacia el 2014 hubo otra legislación y en  2017 y 2020 la Agencia Nacional, el Ministerio de Transporte y la Superintendencia sacaron nuevas regulaciones. Vamos por ese camino de ir mejorando la seguridad vial".

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