Defensoría del Pueblo defendió el aumento del salario mínimo ante el Consejo de Estado
La entidad intervino en la acción de nulidad contra el Decreto 1469 de 2025 y sostuvo que la norma cumple los criterios constitucionales para la fijación del salario mínimo en Colombia.
Noticias RCN
02:38 p. m.
La Defensoría del Pueblo radicó una intervención ante el Consejo de Estado dentro de la acción de nulidad presentada contra el Decreto 1469 de 2025, norma mediante la cual el Gobierno nacional fijó el salario mínimo para el año 2026. En el documento dirigido al magistrado Juan Camilo Morales Trujillo, la entidad defendió la legalidad y constitucionalidad del decreto.
La intervención fue presentada por la defensora del Pueblo, Iris Marín Ortiz, quien argumentó que la institución tiene legitimación para participar en el proceso judicial en ejercicio de su mandato constitucional de protección y promoción de los derechos humanos.
Intervención de la Defensoría en la acción de nulidad
En su intervención, la Defensoría explicó que actúa en ejercicio de su “magistratura moral”, facultad que le permite emitir pronunciamientos y recomendaciones frente a situaciones relacionadas con derechos fundamentales.
La entidad también señaló que el salario mínimo tiene incidencia directa en poblaciones vulnerables, como trabajadores de bajos ingresos, madres y padres cabeza de hogar y personas que sostienen económicamente a niños, niñas, adolescentes o adultos mayores.
Argumentos sobre la constitucionalidad del Decreto 1469 de 2025
En el documento presentado ante el Consejo de Estado, la Defensoría afirmó que el decreto que fijó el salario mínimo para 2026 cumplió los criterios establecidos por la Corte Constitucional en la sentencia C-815 de 1999 para los casos en los que no se logra un acuerdo en la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales.
De acuerdo con la intervención, el decreto tuvo en cuenta variables legales como la inflación, la productividad, el crecimiento del producto interno bruto, la contribución de los salarios al ingreso nacional y el índice de precios al consumidor. Asimismo, destacó que el análisis incluyó el principio constitucional de la remuneración mínima vital y móvil, establecido en el artículo 53 de la Constitución.
El documento también resalta que el concepto de salario mínimo debe entenderse como una "garantía vinculada a la dignidad humana y a la posibilidad de asegurar condiciones de vida dignas para los trabajadores y sus familias". Este principio, según la Defensoría, está respaldado tanto por la jurisprudencia constitucional como por instrumentos internacionales de derechos humanos relacionados con el derecho al trabajo y a una remuneración suficiente.

