La cuantiosa multa que le puede salir por evadir o darse a la 'fuga' de un retén en el país: hacen llamado de advertencia
Evadir un puesto de control en la vía le podría traer duras consecuencias.
Noticias RCN
06:14 p. m.
La decisión de evadir o fugarse de un retén de las autoridades de tránsito o policía en Colombia no es un simple ardid para ahorrar tiempo o evitar un comparendo menor; es una infracción grave que conlleva severas consecuencias legales y económicas, además de poner en riesgo la seguridad vial.
La normativa colombiana, contenida principalmente en el Código Nacional de Tránsito Terrestre (Ley 769 de 2002) y sus posteriores modificaciones (como la Ley 1383 de 2010), es clara y estricta al respecto, buscando disuadir estas conductas temerarias.
La evasión de un puesto de control, también conocida como "salto de retén", se encuadra típicamente dentro de las infracciones de tránsito, específicamente la clasificación que sanciona la falta de acatamiento a las señales o requerimientos impartidos por los agentes de tránsito. Sin embargo, la acción de la fuga en sí misma tiene una agravante directa en el Código de Tránsito.
Según el Artículo 125 del Código Nacional de Tránsito, referente a las sanciones por infracciones, se establece una disposición clave: "En caso de fuga se duplicará la multa." Esto significa que, si la infracción original por la que se intentaba detener al conductor conlleva una multa, esta será automáticamente duplicada al intentar la huida.
Cuantiosa multa por evadir o darse a la fuga de un retén
La infracción base más común y que se ajusta a la desobediencia de la orden de detención es la C.31: "No acatar las señales o requerimientos impartidos por los agentes de tránsito." Esta infracción se considera de Tipo C, y para el año 2025 su valor (tomando referencias de los ajustes anuales) se ubica alrededor de los $603.939 pesos colombianos.
No obstante, si la fuga está directamente relacionada con la no detención ante el puesto de control, el solo hecho de no acatar la orden de la autoridad puede escalar la gravedad. Algunos análisis y la aplicación práctica de la norma en el país sugieren que la conducta puede interpretarse bajo el Tipo D si se consideran acciones más graves o la evasión de pruebas específicas.
Una infracción de Tipo D, como la D.04 (conducir un vehículo sin revisión técnico-mecánica) o D.05 (conducir en pico y placa), tiene un valor para 2025 que ronda los $1.207.877 pesos. Si la fuga se tipifica en este contexto, el monto a pagar será el doble de esta cifra, superando con creces los dos millones de pesos.
Además, si la huida se da para evitar la prueba de alcoholemia, el Código de Tránsito establece una sanción aún más drástica: una multa equivalente a 1.440 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV), además de la suspensión o cancelación de la licencia de conducción, y la duplicación de la sanción por la fuga.
Otras consecuencias por evadir un retén
La evasión de un retén trasciende la mera multa económica. Los agentes de tránsito y de policía tienen la facultad de imponer medidas adicionales. Las consecuencias pueden incluir:
El vehículo puede ser inmovilizado y trasladado a los patios, lo que genera costos adicionales de grúa y parqueadero. La orden de entrega solo se emitirá una vez se haya subsanado la causa de la inmovilización y se haya comprobado el pago de las multas.
Dependiendo de la reincidencia o si la fuga estaba motivada por un delito más grave (como la conducción en estado de embriaguez), la licencia de conducción puede ser suspendida o, incluso, cancelada definitivamente.
Si durante la fuga se pone en peligro la vida o integridad de los agentes de tránsito o de terceros, o si se causa daño a la propiedad pública o privada, el conductor podría enfrentar cargos penales adicionales, como obstrucción a la función pública o lesiones personales, lo que implica procesos judiciales más serios.

