¿Qué tipo de luces deben llevar las motos en Colombia? Ley es clara con ello y la multa saldría costosa
Conozca lo que dice la normativa sobre este tema y la multa a la que se enfrentarían.
Noticias RCN
09:29 a. m.
En Colombia, el uso y las características de las luces en las motocicletas están regulados por la Ley 769 de 2002, que es el Código Nacional de Tránsito. Esta normativa busca garantizar la seguridad vial y la visibilidad de los motociclistas en las vías públicas.
Según el artículo 86 de esta ley, todo vehículo automotor, incluidas las motocicletas, debe tener encendidas las luces exteriores desde las 6:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. del día siguiente, así como en cualquier momento en que las condiciones de visibilidad sean adversas, como en casos de lluvia o niebla densa.
La normativa establece requisitos específicos para los diferentes tipos de luces que debe llevar una motocicleta.
Estas son las luces que deben llevar las motos en Colombia, según ley
Las luces delanteras deben ser de color blanco, mientras que las traseras deben ser de color rojo. Además de las luces principales, las motos deben contar con luces direccionales y una luz de freno. Es crucial que la luz de la placa trasera también esté en buen estado para que la identificación del vehículo sea clara en todo momento.
En cuanto a la intensidad, la ley colombiana es clara: las luces delanteras no deben exceder los 8000 lúmenes. Esta medida es fundamental para evitar el deslumbramiento de otros conductores, lo cual puede ser una causa de accidentes.
Un tema de gran relevancia y que a menudo genera dudas entre los motociclistas es el uso de luces exploradoras. El Código de Tránsito permite el uso de estas luces, siempre y cuando estén instaladas correctamente. La ley indica que las luces exploradoras deben estar orientadas hacia la superficie de la vía y colocadas por debajo de las defensas del vehículo o ser parte de las unidades frontales integradas por el fabricante.
Portar luces exploradoras en la parte trasera está completamente prohibido. El incumplimiento de estas disposiciones puede acarrear multas y la inmovilización del vehículo, por lo que es vital que los motociclistas se aseguren de que cualquier modificación que realicen en su sistema de iluminación cumpla estrictamente con la normativa vigente.
La elección del tipo de bombilla también es un factor a considerar. Si bien las luces halógenas son más económicas, las luces LED se han popularizado debido a su mayor eficiencia energética, mayor vida útil y mejor intensidad de iluminación. Sin embargo, si se opta por luces LED, es indispensable que estas estén homologadas para su uso en carretera y que no superen el límite de lúmenes establecido por la ley.
La homologación garantiza que las luces han sido probadas y cumplen con los estándares de seguridad requeridos, lo que evita problemas legales y de seguridad.
Multa por incumplir norma de las luces en Colombia
En Colombia, incumplir la normativa sobre las luces de las motocicletas puede acarrear sanciones significativas, tanto económicas como operativas, según lo establecido en el Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002) y sus actualizaciones.
Circular con luces dañadas es una de las infracciones más graves. El Código de Tránsito tipifica como una falta conducir un vehículo sin luces o sin los dispositivos luminosos de posición, direccionales o de freno, o con alguna de ellas dañada, en las horas o circunstancias en que el código lo exige (generalmente entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m., o cuando las condiciones de visibilidad son adversas).
La multa por esta infracción es de 30 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV). Además de la sanción económica, el vehículo puede ser inmovilizado si dos o más de las luces obligatorias no funcionan.
Por su parte, el uso de las luces exploradoras deben cumplir con requisitos específicos, como estar orientadas hacia la vía y ubicadas por debajo de las defensas del vehículo. Instalar luces exploradoras en la parte trasera está completamente prohibido.
El incumplimiento de estas normas también puede llevar a multas y, en algunos casos, a la inmovilización del vehículo. El valor de la multa por esta falta se considera una infracción a las normas de tránsito que pueden acarrear sanciones de 15 SMDLV.

